La normativa establece procedimientos detallados para el recuento de actas observadas y la seguridad en la cadena de custodia de los votos.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el reglamento de cómo se aplicará el recuento de votos en los comicios generales del 2026. En cumplimiento de la Ley 32299, recientemente promulgada por el Congreso. Esta normativa, impulsada principalmente por la bancada fujimorista, fue aprobada pese a que diversas entidades internacionales y la Fiscalía han descartado la existencia de fraude en las elecciones del 2021, año en que surgieron las denuncias.
El reglamento, formalizado mediante la resolución 0182-2025-JNE, establece que el recuento solo se podrá aplicar en dos situaciones específicas: si existen actas observadas cuya revisión documental no permite resolver las irregularidades, o si los organismos electorales —como la ODPE, el JEE, la ONPE o el mismo JNE— no reciben las actas correspondientes de una mesa de sufragio.
En los casos de actas observadas, el recuento procederá únicamente cuando haya problemas como ilegibilidad, datos faltantes, discrepancias numéricas o errores de conteo. No se aplicará esta medida a actas que no hayan sido observadas formalmente.
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Cuando el Jurado Electoral Especial (JEE) determina que es necesario realizar un recuento, solicitará a la ODPE el envío de las cédulas de sufragio contenidas en sobres lacrados. Tras la recepción de este material, se convocará en un plazo de dos días a una audiencia pública, que se realizará en los tres días siguientes. Este acto contará con la presencia del fiscal, los personeros de los partidos, los tres miembros del JEE y su secretario. La ausencia de los personeros o del fiscal no impide que el procedimiento se lleve a cabo.
Durante el proceso, el presidente del JEE abrirá el sobre lacrado y mostrará cada voto, leyendo en voz alta su contenido. Luego, los otros dos miembros del JEE también deberán declarar verbalmente el sentido del voto. Los personeros pueden revisar las cédulas, pero no podrán impugnar ni la decisión de recuento ni sus resultados. En caso se encuentren más cédulas de las correspondientes, se eliminarán al azar las sobrantes antes del conteo.




