26 de febrero de 2026

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JNE disolvió candidatura de Martín Vizcarra

El expresidente Martín Vizcarra ya no podrá postular a las Elecciones 2026. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ejecutó la disposición del Congreso de inhabilitar de la función pública por 10 años a Vizcarra Cornejo, quien fungía de candidato presidencial del partido Perú Primero.

La acción fue comunicada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) y también anunció que se retiról exministro de salud Víctor Marcial Zamora y Freddy Ronald Díaz de sus respectivas afiliaciones a organizaciones políticas.

Como parte del proceso, la DNROP ofició a los personeros legales de las agrupaciones políticas Perú Primero, Ahora Nación y al movimiento regional Pasco Verde para comunicar la ejecución de la referida disposición legislativa.

Asimismo, la institución precisó que antes de proceder con el retiro de las afiliaciones, solicito al Parlamento la relación de las personas en condición de inhabilitación y, posteriormente, reportó ello con el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional para conocer si las decisiones dictadas por el Poder Legislativo aún eran vigentes.

De acuerdo con el abogado especialista en derecho electoral José Naupari, tras la acción del JNE, Vizcarra Cornejo no podrá ni siquiera militar en un partido político.

El expresidente Vizcarra cuenta con dos inhabilitaciones ordenadas por el Legislativo. La primera está relacionada al caso Vacunagate y es por diez años, mientras que la segunda es por una infracción constitucional cuando ejerció el cargo de ministro de Transportes y Comunicaciones y es por cinco años. Suma en total 15 años de inhabilitación de la función pública.

No queda ahí. El expresidente enfrenta la posibilidad de una tercera inhabilitación por el cierre del Congreso de la República en el 2019. La Comisión Permanente aprobó el informe final que recomienda su inhabilitación por diez años.

Sobre este último proceso, el informe de Héctor Ventura sostuvo que la disolución del Congreso fue inconstitucional porque una resolución del Tribunal Constitucional (TC) del 2023 señaló que no existe la figura de la denegación fáctica de la confianza.

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