13 de marzo de 2026

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Las Viudas y huérfanos de policías también cobran devolución del 2%

Las Viudas y huérfanos de policías también cobran devolución del 2%

Justicia con uniformados: tienen derecho garantizado

Una de las noticias más humanas y positivas que ha dejado el reciente respaldo legal al pago del diferencial del 2% es su carácter integral y equitativo. El derecho a este beneficio no se extingue con la partida del titular; por el contrario, la ley abraza hoy con fuerza a los herederos y beneficiarios de Montepío, reconociendo su derecho legítimo a percibir lo que por justicia corresponde a sus seres queridos.

Esta medida representa un alivio económico directo para miles de hogares de viudas y huérfanos de la Policía Nacional (PNP) y las Fuerzas Armadas (FFAA), quienes ahora tienen el mismo derecho de prelación (prioridad) que el titular original.

  1. Un derecho que permanece en la familia

La normativa es clara: el beneficio es heredable. Esto significa que, si el titular falleció sin cobrar los devengados generados entre 2002 y 2015, el Estado mantiene la deuda vigente con sus sobrevivientes.

Igualdad de condiciones: Las viudas y huérfanos no tendrán que realizar trámites adicionales complejos o diferentes a los de un titular; el sistema los reconoce como continuadores del derecho.

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  1. Guía Utilitaria: ¿Qué deben hacer los sobrevivientes?

Para que el pago se haga efectivo de manera fluida y sin contratiempos, existe una condición clave que los beneficiarios deben cumplir hoy mismo:

Actualización del Expediente: Es fundamental que el expediente de supervivencia esté debidamente actualizado en la base de datos de la DIRPEN.

¿Por qué es importante? Al estar el expediente al día, el sistema informático de la Policía reconocerá el pago de manera automática en el momento en que se habilite la partida presupuestal. Una base de datos actualizada evita trámites burocráticos de último minuto y asegura que el dinero llegue a la cuenta de ahorros del beneficiario sin demoras.

  1. El camino libre de obstáculos legales

La noticia positiva se refuerza al saber que los intentos administrativos por frenar estos recursos (como el Informe No. 193-2019-EF/58.06) han quedado sin piso legal tras el fallo del Tribunal Constitucional.

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