Lo que faltaba: Persecución religiosa en el Perú

por | Sep 28, 2018 | Opinión

Sergio Tapia 

Estado peruano, durante dos siglos, en su numerosa producción de documentos constitucionales, nunca ha dejado de invocar a Dios, antes de distribuir los poderes del Estado y de reconocer los derechos naturales de los peruanos.

El Estado peruano no es laico. En nuestra sociedad, el régimen de las relaciones Estado-Iglesia es de coexistencia armoniosa. Respetándose mutuamente las propias e innegables competencias de ambos. Con las variantes de la impronta que cada religión genera. La religión católica es el Estado Vaticano, con personería jurídica de derecho público, que le hace capaz de celebrar tratados internacionales bilaterales con el Estado peruano. La religión judía no es proselitista, anida y se conserva en la tradición de los hogares de la pequeña colonia judía existente en nuestra Patria. Los credos cristianos son organizaciones cuyos fieles suelen adoptar formas del asociacionismo, regulado por el Código Civil.

Sin embargo, cada vez con más acentuación, el partido electo en el 2016 para gobernarnos, “Peruanos por el Kambio” (PPK), viene produciendo iniciativas que vulneran los más elementales derechos de orden natural jurídicamente reconocidos por ser innegables.

Nos parece insólito que, el grupo parlamentario del pequeño partido que nos gobierna, haya decidido aprobar el Proyecto de Ley N° 3449, que atropella derechos fundamentales de los peruanos, porque prohíbe el ejercicio de la libertad religiosa, y recorta las libertades políticas.

El proyecto oficialista es invasivo en competencias en las que el Estado no tiene autoridad alguna, como lo son la conciencia religiosa de los peruanos, y la libertad de los peruanos de promover su participación política.

Los autores de ese proyecto de ley, son 8 congresistas gubernamentales: Guía, Lombardi, Donayre (Patricia; no el general), Flores, Oliva, Sánchez Alva, Sheput (dice, él, que fue monaguillo) y Violeta (que es varón y vocero de turno del partido).

Esos autores dicen que tienen el “derecho” de adoptar esta iniciativa de formación de la ley. Pero, se olvidan de las primeras letras del artículo 93° de la Constitución: “Los congresistas representan a la Nación”. Y, la nación peruana, censo tras censo, se declara religiosamente creyente en mayoría aplastante.

Esos 8 congresistas deberían retirar el proyecto para manifestar su desagravio a la Nación, y a modo de compensar la ignorancia manifestada en la materia.

Pero, si permanecen como autores de tal proyecto, no podremos ocultar nuestra congoja por lo pésimamente representados que estamos en este Congreso, por esos 8.

El proyecto pretende establecer tres principios que toda religión debe tener, para que sea legalmente aceptada en el Perú: “valores democráticos”, “cultura democrática” y “prácticas democráticas”. ¡Qué mamarracho impresentable!

Eso es adulterar la Historia de las religiones en la tierra: ¿Cuál es la religión que practica “la democracia” con Dios? ¿Deberemos rehacer los 10 Mandamientos y convocar a Dios para que vote al lado nuestro? ¿Y, cómo realizamos la asamblea democrática religiosa, porque si bien Dios es eterno, los seres humanos se renuevan totalmente a lo sumo en 100 años: Cómo resuelven nuestros 8 legisladores la antinomia, la aporía, este nunca solucionable problema de convocatoria democrática?

El proyecto está mal, porque no cumple con legislar según la naturaleza de la realidad, como se prescribe en el artículo 103° de la Constitución. Es un proyecto malo, porque no respeta la naturaleza de las creencias religiosas.

El proyecto recorta derechos fundamentales, al prohibir bajo la frase “prácticas de proselitismo político” la inspiración religiosa de la ética política, ya sea la moral judía, católica, cristiana (luterana, anglicana, evangélica, etc.), mahometana, etc. Impide toda la moral social, política y económica

A los católicos nos deja sin Doctrina Social de la Iglesia: ¡Con qué derecho, señores congresistas! (felizmente son sólo 8, de los 130 congresistas).

El proyecto confiere al Ministro de Justicia atribuciones para que, por vía reglamentaria, norme cómo se establecerán las religiones en el Perú y cómo serán autorizadas por el Estado.

¡Qué tal poder conferido a un funcionario público! Y a quién le dan tanto poder? Pues, a ese Ministro que mediante el Decreto Legislativo 1408 del 12 de setiembre, indujo a error al presidente Vizcarra, quien legislando por delegación del Congreso; estableció que “la familia es democrática”.

Pues, ahora, ese mismo Ministro de Justicia (que ni me acuerdo como se llama), el proyecto lo empodera para que se despache a sus anchas ganas y corto entendimiento, para que establezca como será una “religión democrática”.

La desgracia se incrementa cuando carecemos de enemigos con cultura. Porque los perseguidores de la religión, de acá, no tienen nivel. Son pura huachafería.

Como nota final, el proyecto tan torpemente malhadado, exige tramitarse bajo el procedimiento de una reforma constitucional. No es una ley ordinaria, porque no se subordina ni a los tratados de derechos humanos, ni al texto constitucional.


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