Los cargos que no deben cobrar los bancos en tarjetas de crédito

Conozca los 23 cobros que han sido declarados como prohibidos

Conozca los 23 cobros que han sido declarados como prohibidos

Aldo Llamoca

Hace unos días la Sala Permanente de Derecho Constitucional de la Corte Suprema dispuso que las entidades bancarias no pueden descontar o embargar el sueldo de las cuentas de ahorro de sus usuarios en caso de que estos tengan deudas por tarjetas de crédito, créditos vehiculares, créditos hipotecarios, entre otros.

Sin embargo, días después, las instituciones financieras señalaron que lo seguirán haciendo al amparo de la Ley General del Sistema Financiero.

En medio de esta polémica, en diálogo con LA RAZÓN, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres, señaló que estos descuentos se pueden considerar como ilegales.

“Este era el más abusivo de cobros, ya que no había ningún tipo de restricción o límite, el banco podía tranquilamente vaciar tu cuenta, y no solo te descontaba lo que debías, sino también los intereses moratorios y compensatorio, gastos de cobranza, entre otros”, comentó.

Cáceres advirtió de otro cobro sin sustento que afecta a los usuarios de las tarjetas de crédito.

“El más común y con más quejas es la membresía (…) recordemos que las comisiones, son sumas de dinero que te cobran las entidades financieras por la prestación de un servicio en efectivo. Sin embargo, hay algunas que no tienen ningún sustento para que se hagan efectivas y esta es una de ellas”, advierte.

Según el representante de los consumidores, las entidades financieras sustentan este cobro por los descuentos en servicio como viajes, hospedajes, compras en determinados establecimientos y otras ofertas.

“Pero si la persona no utiliza estos servicios, no hay un servicio directo que utilices del banco, por lo cual no hay motivo para que te cobren ese concepto”, cuestiona.

Y para evitar otros abusos de los bancos, Cáceres enumeró los cobros considerados “ilegales” y que ninguna entidad financiera debe aplicar a sus clientes.

1.   Comisión por mantenimiento de cuenta de ahorro o cuenta sin movimientos

2.   Envíos de información solicitados por clientes

3.   Por emisión y envío de estados de cuenta (por vía electrónica) NUEVO

4.   Envíos de información solicitados por clientes (por vía electrónica) NUEVO

5.   Por cheques mal girados

6.   Desembolso de crédito

7.   Disposición de efectivo en tarjetas de crédito

8.   Evaluación crediticia

9.   Consultas en centrales de riesgo

10.  Trámite de reclamos

11.  Demora en los pagos de obligaciones (cargos distintos al interés moratorio o penalidad)

12.  Constancia de no adeudo

13.  Evaluación y administración de garantías hipotecarias y vehiculares

14.  Levantar garantías

15.  Remisión al Fondo de Seguro de Depósitos

16.  Constancia de situación crediticia (cuando el banco envió reporte erróneo a central de riesgos)

17.  Prepago de crédito

18.  Cuentas de ahorro que son requisito de un crédito

19.  Exceso de uso de la línea de crédito

20.  Mantenimiento mensual de los créditos

21.  Cobro por conteo de monedas o billetes de baja denominación

“Estos cargos no se adecuan a los criterios establecidos en la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros y en el Reglamento para tener la calidad de comisiones o gastos. Por ello no pueden incorporarse en los contratos ni cobrarse a sus usuarios”, sostiene el presidente de Aspec.

Por tal motivo, si alguna persona se ve afectada con alguno de estos cobros, debe acercase inmediatamente al Indecopi a presentar el reclamo correspondiente.

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