Manuel Merino cuenta con 10 policías para su seguridad personal

por | Oct 17, 2023 | Actualidad, Política

Solicitó que se le deposite el pago «por concepto de movilidad»

El exlegislador perteneciente a Acción Popular, Manuel Merino de Lama, quien ocupó la presidencia de la República durante un breve lapso de 5 días, cuenta con la protección de 10 agentes de policía para su seguridad personal.

Según un informe publicado por El Comercio, el antiguo líder envió una carta al actual alcalde oficial del Congreso de la República, Giovanni Forno, a principios de septiembre, solicitando que se realizara el depósito del pago correspondiente a «gastos de desplazamiento» para los efectivos a su cargo.

Es importante destacar que el Decreto Supremo N°004-2022-IN, emitido en mayo del año anterior por el expresidente Pedro Castillo y el entonces ministro del Interior, Alfonso Chávarry, actualizó el Reglamento de Seguridad y Protección para Funcionarios Públicos, Dignatarios y Personalidades.

De esta manera, en su artículo 7.3 se establece que los expresidentes reciben una forma de seguridad parcial, la cual es proporcionada por la Dirección de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú (PNP).

«Permanente, así como la seguridad en el inmueble donde la persona protegida fija su residencia. El servicio excluye la protección de su cónyuge, padres e hijos y la seguridad del inmueble donde labora», menciona dicho apartado.

Además, de acuerdo con la segunda disposición temporal establecida en el Decreto de Urgencia N°004-2022-IN, se estipula que los expresidentes deben recibir esta protección por un período de cinco años tras concluir su mandato.

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«Posterior a ello, se les brinda el servicio de seguridad y protección personal. Excepcionalmente, pueden continuar con el servicio de seguridad y protección Semi Integral, previa evaluación de riesgos», puntualiza el oficio.

En esa misma línea, el inciso G del artículo 12 del referido mecanismo detalla que entre las opciones para la conclusión del servicio de seguridad y protección está la «solicitud expresa» y cuando «la Dirección de Seguridad del Estado de la Policía Nacional considerando la evaluación de riesgo que corresponda, determine que no es necesario continuar» con este.


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