Minedu pagará deuda social a 20,079 maestros

Por tal motivo destinó s/ 200 millones, suma cubrirá sentencias judiciales por pago de preparación de clases y evaluación.

por | Jun 14, 2018 | Actualidad

Por tal motivo destinó s/ 200 millones, suma cubrirá sentencias judiciales por pago de preparación de clases y evaluación.

El Ministerio de Educación (Minedu) avanza en el cumplimiento de los compromisos asumidos con el magisterio y por ello transferirá S/ 200 millones a los gobiernos regionales para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada en favor de 20, 079 maestros de todo el país, maestros de todo el país, en su mayoría entre 40 y 79 años de edad.

El 99% de esta suma será destinado al pago por bonificación por preparación de clases y evaluación y las regiones que recibirán mayores montos son La Libertad, Arequipa y Junín, con 36, 24 y 21 millones de soles, respectivamente.

El pago de la deuda social fue uno de los ocho acuerdos que el Minedu se comprometió a atender en las actas firmadas con los principales sindicatos regionales durante la huelga del 2017.

El Decreto Supremo N° 126-2018 EF publicado ayer en el diario oficial El Peruano autoriza la incorporación de recursos mediante un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 450 millones a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, de los cuales S/ 200 millones corresponden al Sector Educación.

Los aspectos normativos para el pago de la deuda social al magisterio fueron determinados por el Decreto Supremo N° 001-2018-MINEDU sobre la base de cuatro prioridades, la primera de ellas referida a las deudas con requerimiento de pago con una antigüedad de 10 años o más, relacionadas con el concepto de preparación de clase y evaluación conforme lo establecía el artículo 48 de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado.

La segunda prioridad atañe a las deudas con requerimiento de pago con una antigüedad de 10 años o más, relacionadas con otros conceptos; en tanto que la tercera tiene que ver con las deudas con requerimiento de pago con una antigüedad menor a 10 años y relacionadas con el concepto de preparación de clase y evaluación.

La última prioridad está referida a las deudas con requerimiento de pago con una antigüedad menor a 10 años relacionadas con otros conceptos.


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