Para evitar el peaje y los controles, la unidad optó por tomar una ruta alternativa
Según la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), la miniván involucrada en el fatal accidente de esta madrugada en el kilómetro 4 de la Vía Penetración Cerro Verde, en La Joya – Arequipa, no tenía la autorización requerida para transportar pasajeros. El trágico suceso dejó un saldo de seis muertos y ocho heridos.
Mediante un comunicado, la Sutran aclaró que la miniván de placa VFH-969, propiedad de la empresa de transportes y turismo S & Y SAC, no tiene la autorización de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para prestar servicios de transporte.
El organismo de fiscalización especificó que dicha empresa renunció a esa autorización el 25 de enero de 2024.
Según el comunicado de la Sutran, el personal de la Unidad Desconcentrada de la Sutran Arequipa informó que la miniván transitaba por una ruta departamental con el objetivo de eludir el peaje y evitar los controles regulares de las autoridades competentes en el lugar del accidente.
Sin embargo, se verificó que el vehículo tenía el SOAT y el CITV vigentes. Además, el comunicado señala que la Sutran está coordinando con la Unidad de Prevención de Accidentes de Tránsito (UPIAT Arequipa) para investigar las causas del accidente y determinar las sanciones pertinentes.
Según lo informado por la Gerencia Regional de Salud Arequipa, siete personas heridas están siendo atendidas en el Hospital Honorio Delgado Espinoza. Además, un octavo pasajero, que es menor de edad, ya fue dado de alta.
Fueron identificados los pasajeros heridos como Yoselin Vargas Conislla, Yamilet Chalco Mamani, Gustavo Rojas Macedo y Alex Vilcapaza Vilcapaza, junto con Wilson Cabana Amesquita, Juan Apaza Quispe y Pedro Paniura Apaza. Además, el menor de 7 años fue identificado como C.K.V.C.
La Sutran ha llevado a cabo más de 200 operativos para supervisar y fiscalizar el transporte en las vías nacionales de la región de Arequipa, con el objetivo de proteger a los miles de usuarios. Como resultado, se impusieron 215 multas por prestar servicios de transporte de personas, mercancías o mixtos sin la autorización correspondiente, según lo establecido en el Reglamento Nacional de Administración del Transporte (RNAT).
Estas multas ascienden a una unidad impositiva tributaria, equivalente a 5,150 soles. Esta información fue proporcionada por la Sutran como parte de sus esfuerzos para garantizar la seguridad en el transporte.
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