La entidad recordó que emite este tipo de disposiciones administrativas desde las elecciones generales de 2016.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió un comunicado para aclarar las versiones surgidas en torno a la recepción de actas electorales provenientes de las mesas de sufragio instaladas en el extranjero durante la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026.
A través del pronunciamiento, el organismo electoral aseguró que no se ha realizado ninguna modificación al marco legal que regula el voto de los peruanos fuera del país. La entidad precisó que las normas vigentes se mantienen intactas y que los procedimientos aplicados durante el proceso electoral respetaron lo establecido por la legislación peruana.
La ONPE explicó que los lineamientos aprobados mediante la Resolución Jefatural N.° 000090-2026-JN/ONPE tienen únicamente carácter operativo y procedimental. Según indicó, estas disposiciones están orientadas a organizar y ejecutar las actividades electorales en el exterior en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Asimismo, enfatizó que dichos lineamientos no modifican la Ley Orgánica de Elecciones ni vulneran el principio de intangibilidad de las normas con rango de ley. En ese sentido, descartó que las disposiciones administrativas hayan alterado las reglas del proceso electoral.
La entidad también informó que, a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, no se utilizó el aplicativo previsto para la Segunda Elección Presidencial 2026. Por ello, se optó por mantener el mecanismo tradicional para el traslado de las actas electorales, tal como ocurrió en procesos anteriores.
De acuerdo con la ONPE, el material electoral fue trasladado entre el 8 y el 10 de junio siguiendo los procedimientos establecidos en los lineamientos para las actividades electorales en el extranjero. Estas labores estuvieron a cargo de las oficinas consulares peruanas bajo la supervisión de la Cancillería.
Finalmente, el organismo recordó que desde el año 2016 viene aprobando lineamientos específicos para la organización de elecciones fuera del territorio nacional. Según indicó, estas disposiciones permiten garantizar el adecuado desarrollo de los comicios y la correcta recepción de la documentación electoral proveniente del exterior.




