Por: Francisco Diez Canseco Távara
La ley 30995, que forma parte de la “reforma política” aprobada por el Congreso bajo presión del gobierno de Vizcarra, ha abierto de par en par las puertas para la inscripción del MOVADEF, el FUDEPP o como quieran denominar los terroristas a sus organismos políticos de fachada.
Dicha norma legal establece un régimen discriminatorio entre los requisitos de inscripción de los movimientos regionales y aquellos de los partidos políticos.
Para los regionales, establece con meridiana claridad en el artículo 17 que “no pueden ser objeto de inscripción las organizaciones políticas cuyo contenido ideológico, programático o doctrinario promueva la destrucción del Estado constitucional de Derecho o que intenten menoscabar las libertades y los derechos fundamentales consagrados en la Constitución”.
Hasta ahí las cosas van como deben ser pero, en el artículo 5 referido a los “requisitos de inscripción de partidos políticos”, ese texto ha sido omitido de plano, pese a que si estaba consignado, con exactamente la misma redacción, en la ley 30414 que modifica.
Aquí hay una responsabilidad compartida del Congreso y del régimen de Vizcarra ya que el primero aprobó la ley con esa gravísima falla y el segundo, que amenazó con aplicar la cuestión de confianza si no se respetaba la “esencia” de su proyecto inicial, la promulgó sin observación alguna.
La situación es aún más grave porque, de conformidad con esa misma ley, los partidos políticos requieren ahora para inscribirse no cerca de 800 mil firmas sino sólo alrededor de 24 mil afiliados, que deberán ser acreditados a través de un padrón respecto del cual no se exige verificación de firmas ni requisito alguno que permita constatar su veracidad.
Si recordamos que el MOVADEF consiguió alrededor de 300 mil firmas antes de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) lo vetara en aplicación del texto antes citado que hoy ha sido eliminado, es fácil colegir que tiene la capacidad para reunir las firmas de 24 mil “afiliados”, especialmente en la convulsa situación por la que atraviesa el Perú.
Por propia iniciativa, el Congreso debe de inmediato modificar la ley 30995 e incorporar el texto omitido. ¿O es también parte de la caótica “reforma política” impulsada por Vizcarra y sancionada por una sumisa mayoría parlamentaria temerosa de que la mande a su casa?