Plantean sacrificar a canes que ataquen reiteradamente a vecinos

Proyecto propuesto por la congresista Magaly Ruiz Rodríguez

por | Abr 7, 2023 | Actualidad

Proyecto propuesto por la congresista Magaly Ruiz Rodríguez

Los canes que se reiteradamente agredan a los ciudadanos, poniendo en riesgo la vida y la salud de éstos, serán sacrificados, mediante la aplicación de la “eutanasia indolora”, según lo establece el proyecto ley de la congresista Magaly Rosmery Ruiz Rodríguez, que amplía las responsabilidades de sus propietarios.

El pasado 28 de marzo, la mencionada parlamentaria, presentó el Proyecto de Ley N° 4584/2022-CR, que propone modificar la Ley N° 27596, Ley que regula el régimen jurídico de canes, modificando los artículos 1, 14, 15; e incorporando los artículos 14-A y 17.

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Con ello, se pretende dar un marco legal que regula el régimen jurídico de canes, estableciendo la posición de garante que asumen los responsables de los animales, sobre los riesgos y perjuicios que ocasione en la comunidad producto de la tenencia, crianza o posesión de un can. Ello estima la ampliación de las obligaciones frente a las víctimas de ataques de canes, sobre todo cuando son infantes, niños, niñas, púberes, adolescentes, adultos mayores y personas con vulnerabilidad.

Asimismo, se establece como requisito -para aplicar la eutanasia indolora a los canes que hayan provocado daño físico grave o la muerte de una persona- su continúa sus conductas agresivas pese a la esterilización, adiestramiento y adopción responsable.

Con este proyecto se protegerá a las personas atacadas por canes y que han sufrido lesiones físicas y daño psicológico, quienes recibirán atención medica inmediata solventada por el gobierno local de su competencia ante el abandono del responsable del can.

De esta manera la víctima no seguirá cayendo en la desprotección y abandono que en la que se han encontrado aquellas personas que han sufrido un ataque de perros.

En cuanto al gasto público no generará costo al erario nacional cumpliendo con lo establecido con el Artículo 790 de la Constitución Política en tanto lo invertido por la municipalidad será recuperado vía los procesos legales que ejerzan contra el responsable del can.


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