La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional desestimó la medida de defensa de Luis Nava
El Poder Judicial ha ratificado la decisión de primera instancia que desestimó la excepción de improcedencia de acción presentada por la defensa de Luis Nava Guibert, investigado por presunta colusión agravada en el caso Odebrecht.
El recurso de excepción de improcedencia de acción se utiliza cuando el acto no constituye un delito o no es sujeto de proceso penal.
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La fiscalía acusa a Nava Guibert, exsecretario general de la Presidencia de la República, de colusión agravada con funcionarios de Odebrecht para beneficiar a la empresa en proyectos como el Metro de Lima y la carretera Interoceánica, defraudando al Estado.
Según la fiscalía, Nava, en supuesta colaboración con una organización criminal, habría alterado el marco legal para la ejecución de proyectos de infraestructura mediante decretos supremos y decretos de urgencia.
Pruebas en contra de Nava Guibert
La defensa argumenta que no se le puede acusar de colusión agravada, ya que no tiene la autoridad para emitir decretos supremos o de urgencia, una función que recae en el presidente, ministros o el presidente del Consejo de Ministros.
El tribunal considera que la defensa busca que se evalúen elementos de prueba para determinar la función de Nava Guibert, pero esta evaluación no corresponde a la excepción de improcedencia de acción según lo establecido por la Corte Suprema.