5 de agosto de 2026

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Por: Antero Flores-Araoz / Tras las rejas

Ántero Flores-Aráoz

Quien lee el título de esta columna se preguntará, y con toda razón, a quien se refiere su autor, pues en nuestro país y tras las rejas se encuentran miles y miles de personas, sea sentenciadas cumpliendo su pena, sea simplemente detenidos antes de sentencia por normatividad cuestionable.
Bueno pues, me refiero a Pedro Castillo Terrones, quien fuese presidente de la República luego de su elección en el año 2021 y que confundió un domicilio provisorio denominado “Sarratea” con Palacio de Gobierno y sospechándose que en el primero realizaba actividades contrarias a la ley y a la moral y, parecería que asimismo delictuosas.
Pedro Castillo en plenitud de su mandato presidencial y desde Palacio de Gobierno, en discurso público, transmitido por la prensa y principalmente por el canal televisivo del Estado, anunció un golpe de Estado, mediante el cual de allí en adelante gobernaría solo, sin Congreso ni autoridades que pudiesen fiscalizarlo.
Ello fue un golpe de Estado por donde se le mire y no una amenaza de aquel. Lo que sucedió es que nadie o muy pocos le hicieron caso, y siendo detenido se procedió desde el Parlamento a declarar su vacancia y elevar al cargo presidencial a su vicepresidente la señora Boluarte.
El atentar contra la democracia es un delito de los más graves, pues se colisiona con la voluntad popular que elige al presidente por un número determinado de años y no más, y con la concurrencia del Congreso que representa al pueblo, legisla y fiscaliza.
El judicialmente encausado y procesado Pedro Castillo, sea directamente o a través de terceros, ha pretendido que quienes por uno u otro motivo lo han sucedido en el cargo, lo indulten, es decir se le perdone y pueda salir de la cárcel. También se ha pedido otro privilegio que solo puede otorgar quien ejerce la Presidencia de la República, denominado gracia presidencial, ambos junto con la conmutación (reducción) de pena señalados en el inciso 21 del artículo 118 de la Constitución.
Respecto al pedido de indulto el mismo no podría serle conferido pues la sentencia condenatoria existente no es firme, dado que al haber sido apelada en teoría podría ser revocada o confirmada.
El ex presidente Castillo Terrones podría haberse desistido de la impugnación de la sentencia, con lo que ella quedaba firme, pero evidentemente no quiso exponerse a que quien se encontraba en aquel entonces sentado en el sillón de Pizarro no le concediese el indulto y se terminasen todas sus esperanzas de quedar libre.
La conmutación de pena tampoco era factible ya que no se podía reducir por ésa vía una sentencia condenatoria que no estaba firme y, por último, la gracia presidencial tampoco era probable pues la norma constitucional determina que es un beneficio para “los procesados en los casos en que la etapa de la instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria”, lo que no sucede.
En el Ministerio de Justicia, a cargo en ése entonces de Luis Jiménez Borra, invariablemente dictaminó las solicitudes de Pedro Castillo negativamente, lo que habla bien del hoy ex ministro, que no se dejó presionar por nadie y menos por su entonces jefe José María Balcázar, que quizás en su fuero interno no quería concederle ningún beneficio a Pedro Castillo, para evitar que en su gestión hubiesen actos de protesta contra el desatino.
No olvidemos que el ex presidente Balcázar ha sido magistrado judicial y conoce que con ello habría cometido el delito de falsedad ideológica con pena privativa de libertad de 3 a 6 años, como lo ha expuesto en reciente columna el maestro Mario Amoretti Pachas.
Felizmente hoy en día el suelo está parejo y esperemos que se confirme la condena al golpista. La democracia tenemos que defenderla y sancionar a quienes la atropellan.

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