Por: Omar Chehade / El sábado 22 de agosto el gobierno promulgó la ley 31038 “Ley que establece las normas transitorias para las elecciones generales del año 2021, en el marco de la emergencia nacional sanitaria ocasionada por el COVID 19”. Esta ley fue elaborada en la Comisión de Constitución que me honra presidir, y que nos llena de satisfacción y orgullo porque ha sido la que mayor esfuerzo de concertación y consenso ha necesitado. Y es que la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, sin duda, es la casa de la reforma política, electoral y constitucional. Hoy que vivimos horas aciagas producto de la terrible pandemia, tenemos un compromiso patriótico con la democracia y el futuro de la nación. La ley que aprobamos abre la cancha para que los partidos políticos en vías de inscripción puedan participar sin alterar la certidumbre y predictibilidad que exigen los organismos electorales sobre las reglas de juego.
Por ello, estamos previendo que las organizaciones en proceso de inscripción tengan hasta la fecha de habilitación de candidaturas (mediados de diciembre) para que puedan lograr su inscripción, facilitando el trabajo de fiscalización del jurado. Asimismo, la ley contempla que los ciudadanos que quieran candidatear a las próximas elecciones y que todavía no estén afiliados a ningún partido, se puedan inscribir a una organización política que sí este inscrita, hasta el 30 de septiembre. La norma electoral, contempla, que los partidos puedan participar de las elecciones internas sin tener todavía una inscripción firme, la que podrá alcanzar hasta mediados de diciembre. Es decir, son consideradas, como posibles organizaciones en contienda (como una especie de reserva de inscripción) para las cuales se considera un proceso de elecciones internas válido (en base a la presentación del requisito de afiliados exigido por la ley, que luego podrá sustentar la presentación de sus listas de candidatos, siempre y cuando, logren inscribirse en la fecha ya señalada.
Como se podrá apreciar, estamos amparando los derechos de todos los interesados en participar en las elecciones, en virtud, a plazos que no desnaturalicen los propósitos que persigue la reforma política: tener partidos sólidos, evitar los vientres de alquiler y mejorar la oferta política de cara al futuro. Asimismo, en las elecciones internas, la ley prevé dos mecanismos democráticos de elección: Un afiliado un voto o elecciones a través de delegados, pero que, previamente éstos, deban haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de sus afiliados. Además, contempla que la ONPE organice y fiscalice la elección interna en los partidos.
Finalmente, cautelando las medidas sanitarias de las elecciones del 11 de abril 2021, también participará el Ministerio de Salud. Hemos previsto en la ley, que el día de la elección se amplíe el horario de votación por cuatro horas más, esto es, por 12 horas en total, desde las siete de la mañana hasta las siete de la noche, con el fin de evitar aglomeraciones y contagios entre los votantes. Asimismo, que existan la mitad de mesas de sufragio por colegios electorales, pero el doble de los mismos locales, asegurándonos de luchar contra la pandemia en la que, aproximadamente, 25 millones de peruanos iremos a votar.
(*) Ex vicepresidente y congresista de la República