Por: Ross Barrantes // ¿Héroes sociales o ilusión jurídica?

por | Jun 25, 2024 | Opinión

En las últimas décadas, ha surgido en América Latina una narrativa poderosa y controvertida: la idea de que las grandes reformas sociales y la ansiada justicia social pueden provenir de la acción de los tribunales constitucionales y las cortes supremas.

Esta perspectiva convierte al poder judicial en un supuesto agente revolucionario, una transformación ideológica que algunos consideran una de las más inverosímiles y cínicas de la historia reciente del derecho.

Para entender cómo, cuándo, dónde y por qué surgió esta idea en América Latina, es crucial considerar el contexto histórico de la región. Durante gran parte del siglo XX, América Latina estuvo marcada por dictaduras militares, conflictos internos y una lucha constante por la democratización y la justicia social.

Tras las dictaduras de los años 60, 70, 80 y 90 hubo un interés en fortalecer el estado de derecho y en garantizar los derechos humanos, impulsando una ola de reformas constitucionales en varios países.

La influencia de teorías jurídicas y políticas provenientes de Estados Unidos y Europa también fue decisiva. El neoconstitucionalismo, una corriente que enfatiza el papel central de la Constitución y la interpretación judicial en la promoción de la justicia, se propagó desde las academias de derecho más prestigiosas del hemisferio norte hacia América Latina.

Este enfoque sostiene que los jueces constitucionales no solo aplican la ley, sino que también tienen la capacidad y la responsabilidad de interpretar y aplicar los principios constitucionales para lograr cambios sociales progresivos. Para Karl Marx la acción colectiva eran esenciales para cualquier cambio social significativo.

Marx no habría podido prever una situación en la que el poder judicial, una institución tradicional y ligada a la estructura del poder, fuera vista como un motor de la revolución social. Según la perspectiva de Marx, el verdadero cambio social proviene de la organización del pueblo, no de las decisiones judiciales.

Desde una teoría crítica del derecho, la idea de que los tribunales pueden ser agentes de cambio revolucionario se ve como una falacia. Los tribunales, al fin y al cabo, son parte del aparato estatal y están sujetos a las limitaciones y presiones del poder político y económico.

La judicialización de la política puede llevar al desapoderamiento del pueblo, trasladando el poder de decisión de las mayorías políticas a una élite judicial tecnocrática, muchas veces influenciada por intereses oligárquicos.

El énfasis en el papel de los tribunales en las reformas sociales puede resultar en un desapoderamiento del pueblo. En sociedades donde la participación política es limitada y las instituciones democráticas no están completamente consolidadas, trasladar la responsabilidad del cambio social a los jueces puede debilitar el poder de las mayorías políticas y perpetuar una falsa conciencia que desvía la atención de la necesidad de organización y movilización popular.

La idea de que ya no vivimos en un estado de legalidad y que todo depende de la Constitución y su interpretación judicial puede ser manipulada para servir a los intereses de las élites. En lugar de empoderar al pueblo, este enfoque puede consolidar el poder de una minoría que controla los tribunales y que puede imponer su visión del orden constitucional sin un verdadero mandato democrático.

Jean-Jacques Rousseau, en su obra «El contrato social», planteó que la legitimidad del gobierno se basa en la voluntad general, es decir, en la voluntad colectiva de los ciudadanos. Según Rousseau, la soberanía reside en el pueblo, y solo a través de la participación activa de los ciudadanos en la creación de leyes se puede asegurar una verdadera justicia social. En este sentido, cualquier forma de gobierno que no refleje la voluntad general es ilegítima.

La idea de que los tribunales constitucionales y las cortes supremas pueden ser agentes de cambio social revolucionario en América Latina es una noción compleja y multifacética. Aunque estas instituciones juegan un papel crucial en la protección de los derechos humanos y en la promoción de la justicia, su capacidad para llevar a cabo reformas sociales significativas es limitada.

El verdadero cambio social proviene del empoderamiento del pueblo y de su capacidad para participar activamente en la creación y aplicación de leyes justas. En última instancia, el desafío es encontrar un equilibrio entre el papel de los tribunales y la participación popular en la promoción de la justicia social.

Es necesario reconocer las limitaciones y los riesgos de la judicialización de la política, al tiempo que se fortalecen las instituciones democráticas y se fomenta la movilización y la organización del pueblo. Solo a través de un enfoque integral y equilibrado se puede lograr una verdadera justicia social en América Latina.

(*) Abogada Constitucionalista


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