Corte Superior de Justicia resolvió prohibir la presencia de caballos de la PNP para controlar a la muchedumbre
La Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda que solicita la prohibición del uso de caballos de la Policía Nacional del Perú (PNP) en eventos que pongan en riesgo su integridad física.
Los jueces de la Primera Sala Constitucional resolvieron declarar nula la palabra “Montada” que se encuentra en el Decreto Supremo 026-2017-IN del Reglamento del Decreto Legislativo 1267 en la Ley de la Policía Nacional del Perú. Por lo que, la Policía Montada ahora será llamada División de Servicios Especiales de la Región Policial Lima.
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Esta sentencia señala que la PNP ya no usará a los caballos para controlar la muchedumbre y consideró que los uniformados empleen sus unidades móviles y la tecnología adecuada que tengan a su disposición para enfrentar las manifestaciones.
Cabe precisar que hace dos años, la abogada Sonia Córdova, presidenta del Instituto Peruano de Asesoría legal del Medio Ambiente y Biodiversidad (Ipalema), presentó una demanda de acción popular contra el Ministerio del Interior (Mininter) por el uso de los caballos en manifestaciones, marchas y otras actividades.