Esta nueva ley aplicará también a colegios, institutos y universidades, exonerando el pago de moras y ajustando el valor de la pensión acorde a la situación actual.
El comienzo de la inmovilización obligatoria trajo consigo otras normas a favor de contrarrestar el avance de la covid-19. Es así que, gran cantidad de padres de familia de colegios particulares, se movilizaron en las calles para exigir lo que ellos consideraban justo; una reducción en las pensiones acorde a los ahorros generados por las clases virtuales que sostendrían estas entidades de enseñanza. Sumado a ellos, más adelante se movilizarían con carteles en mano, estudiantes de educación superior.
La hoy “Organización de Estudiantes UTP” fue la primera en salir a protestar exigiendo se cumpla una nueva norma que hasta el momento parecía imposible. Más universidades se unieron en el camino, como la UPN y distintas particulares con los mismos inconvenientes. Algunos congresistas lograron establecer proyectos de ley a favor de estos pedidos, sin embargo, no se lograba el objetivo. Las reuniones y protestas continuaron a lo largo del año, y hoy la norma fue aprobada, misma que beneficia a colegios, institutos y universidades.
La ley ordena que se ajuste el valor del crédito académico o pensión de enseñanza, de manera proporcional a la reducción de sus gastos a raíz de las clases virtuales. En ningún caso el valor del crédito podrá aumentar por aplicar esta medida. “Las entidades educativas que omitan lo dispuesto o cuyo reporte sea declarado inválido, están obligadas a reducir el valor de cada crédito o de su pensión en 20%”, establece el texto. Por otro lado, toda deuda contraída con estas instituciones durante el estado de emergencia no generará interés moratorio mientras perdure el mismo o su prórroga. Además, los estudiantes que deseen retirarse de cursos, asignaturas o del semestre completo, no pagarán algún costo o penalidad. Si ya se efectuó algún pago, la institución educativa deberá devolverlo.