Se aprueba ley que regula ascensos en la Policía Nacional

El reglamento detalla las etapas, requisitos y el tiempo mínimo de servicio para ascensos en oficiales y suboficiales de armas y servicios

por | Sep 14, 2023 | Actualidad, Política, Titulares

El reglamento detalla las etapas, requisitos y el tiempo mínimo de servicio para ascensos en oficiales y suboficiales de armas y servicios

El Congreso ha promulgado una legislación que regula los procesos de ascenso para el personal de la Policía Nacional del Perú (PNP), tanto para oficiales como suboficiales.

Esta normativa, divulgada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene como objetivo establecer los principios, fases, requisitos, capacidades y métodos para llevar a cabo la organización, ejecución, supervisión y evaluación de los procedimientos de ascenso dentro de la institución.

Su propósito es asegurar una progresión profesional en la carrera policial basada en un sistema de evaluación que considera de manera objetiva las capacidades, conocimientos, habilidades, desempeño laboral y aptitudes del personal, en estricto cumplimiento de la legislación vigente.

Además, busca instaurar un procedimiento imparcial para medir los elementos de la carrera policial, con el fin de promover a los oficiales y suboficiales más aptos y cualificados al rango inmediato superior en la PNP.

El documento consta de 49 artículos y comprende un título preliminar, junto con tres disposiciones transitorias finales y una disposición transitoria derogatoria.

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Requisitos de Ascenso para Oficiales y Suboficiales de la PNP

Entre otros puntos, se determina el periodo mínimo de servicio real y efectivo en el rango para los ascensos de oficiales y suboficiales de armas y de servicios, contabilizado hasta el 31 de diciembre del año en que se postula al ascenso.

Para los oficiales de armas, el periodo será de cinco años para los grados de coronel a comandante y de cuatro años para los de coronel y general. Respecto a los oficiales de servicios, se establece un plazo mínimo de seis años para todos los grados.

En el caso de los suboficiales de armas y de servicios de la PNP, se define un periodo mínimo de cinco años para suboficiales de tercera, segunda y primera; y de cuatro años para los grados superiores.

La legislación fue revisada por el Congreso, tras aceptar las observaciones hechas por el Ejecutivo sobre la misma.

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