Medida rige para período académico 2024
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ha emitido una disposición que prohíbe, a partir del período académico 2024, que las universidades oferten, creen o admitan estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad. Estas acciones estarán supervisadas correspondientemente.
Hoy, Sunedu aprobó esta norma mediante la Resolución N° 00006-2024-Sunedu-CD, publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.
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Esta disposición elimina la excepción del numeral 4.3 de las Disposiciones, que permitía entornos virtuales al considerar a la población adulta mayor a 24 años, desde la entrada en vigencia de la Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-Sunedu/CD.
Se establece que todos los programas de pregrado a distancia deben tener un componente presencial, excepto aquellos para internos de establecimientos penitenciarios, conforme a la Ley N° 31840 y su reglamento.
Recordemos que a principios de diciembre del año pasado, la Sunedu realizó modificaciones en las disposiciones para la prestación del servicio educativo bajo las modalidades semipresencial y a distancia.
En esa ocasión, se estableció que los programas presenciales solo podrán incluir apoyos virtuales hasta un máximo del 20% del total de los créditos, mientras que en los programas semipresenciales este límite se eleva hasta un máximo del 60% del total de créditos.
En ambos casos, se determinó que los créditos desarrollados en entornos virtuales deben destinarse principalmente al desarrollo de asignaturas teóricas y/o de estudios generales.
Además, se fijó que en el caso de los programas a distancia o no presenciales, el límite de créditos virtuales será del 80%, con la excepción de los programas destinados a la población penitenciaria, estas modificaciones implicaron el fin del 100% de virtualidad en los programas de pregrado.