Esta decisión refleja la adaptación a los avances tecnológicos y establece claridad sobre las competencias del Ejecutivo
El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido un fallo rechazando la demanda contra la ley que autoriza a la presidenta Dina Boluarte a gobernar de forma remota cuando se ausenta del país. El TC argumentó que la ley no viola la Constitución.
Según el fallo, la ley permite a la presidenta mantener la gestión del despacho presidencial de manera remota en casos excepcionales, como cuando viaja al extranjero sin un vicepresidente. El TC resaltó el avance tecnológico que permite la interacción remota mediante plataformas telemáticas.
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Además, el Tribunal señaló que la Constitución no contempla la ausencia de un vicepresidente durante un mandato presidencial, lo que refuerza la legitimidad de la gestión remota en casos de ausencia temporal.
El TC afirmó que otorgar al Congreso la potestad de evaluar cada caso no vulnera la Constitución. Por lo tanto, si el Congreso autoriza la salida del país, no es inconstitucional que el Poder Ejecutivo justifique la necesidad de la gestión remota del despacho.
El fallo constitucional respalda la legalidad de la ley que permite a la presidenta Boluarte gobernar de manera remota cuando se encuentra fuera del país.