TC anula actos de Pérez y Rafael Vela en investigación a Keiko

Por mayoría, el Tribunal Constitucional (TC) anuló los actos fiscales del Equipo Especial Lava Jato seguido contra Arsenio Oré, abogado de Keiko Fujimori, incluido en el denominado “Caso Cocteles” por el presunto delito de obstrucción a la justicia.

A través de la sentencia, el máximo órgano de interpretación de la Constitución, declaró fundado el recurso de amparo interpuesto por el abogado Oré Guardia, en contra del Ministerio Público y los fiscales del Equipo Especial José Domingo Pérez y Rafael Vela Barba.

Fuentes del TC señalaron a este que con la resolución quedarán nulo el juicio oral, la acusación, quedando hasta la investigación preparatoria que siguió la fiscalía contra el referido abogado. Ello, hasta la resolución de enero del 2019, que rechazó el pedido de Oré Guardia para que se aparte al fiscal José Domingo Pérez de la investigación en su contra seguida por el presunto delito de obstrucción a la justicia.

Los votos a favor fueron de los magistrados del TC Francisco Morales (presidente), Luz Pacheco (vicepresidenta), Gustavo Gutiérrez, Helder Domínguez, César Ochoa y Pedro Hernández. Mientras que el voto en contra fue del magistrado Manuel Monteagudo.

En su demanda, Oré Guardia había solicitado que se declare la nulidad de la Disposición 1-2019-FSCEE-MP-FN, del 7 de enero de 2019, expedida por Rafael Vela Barba, en calidad de fiscal superior de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales, que declaró infundada su solicitud de exclusión del fiscal provincial José Domingo Pérez Gómez. También que se ordene la renovación del acto fiscal; y se nulifiquen las actuaciones de José Domingo Pérez Gómez en la Carpeta 55- 2017, relacionadas con el delito de obstrucción de la justicia que se le imputa.

Oré Guardia fue uno de los abogados de la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, (2017 al 2019) en el marco de la investigación y proceso judicial seguido por el delito de lavado de activos por la presunta recepción de dineros ilícitos de empresas nacionales e internacionales.

Según la tesis fiscal, se habría lavado más de 17 millones de dólares, principalmente a través de sus campañas del 2011 y 2016. Por ello, el Ministerio Público solicita 30 años y 10 meses de cárcel contra Keiko Fujimori. Actualmente, el caso se encuentra en la etapa de juicio oral. Oré Guardia era uno de los más de 40 acusados en este proceso.

Oré Guardia sostuvo que se afectaron sus derechos humanos por parte del fiscal José Domingo Pérez, quien llevó a cabo un allanamiento a las oficinas de su despacho de abogados en noviembre del 2018.

El allanamiento, dijo, se realizó con la finalidad de buscar e incautar documentación vinculada a los aportes de campaña a la campaña de Fujimori Higuchi y Fuerza Popular.

Luego, Oré Guardia fue incluido en la investigación debido a que la fiscalía lo señalaba como uno de los abogados que habría “coaccionado” a testigos que debían declarar ante el Ministerio Público en el marco de la investigación por presunto lavado de activos.

Señaló que el fiscal Pérez Gómez desarrolló su investigación con falta de objetividad y ya para la etapa de control de acusación, el Ministerio Público había incorporado elementos que no fueron materia de investigación.

A su turno, Walter Palomino Ramírez, abogado de Oré Guardia, señaló ante el TC que la fiscalía había iniciado un proceso “arbitrario” iniciado por el fiscal José Domingo Pérez, quien carecía de “objetividad”.

Ello, por haber abierto la investigación por presunta obstrucción a la justicia contra Oré Guardia en su despacho fiscal, pese a que Pérez Gómez era el supuesto afectado. Es decir, el fiscal era el investigador y la presunta víctima.

Cabe precisar que el Procurador del Ministerio Público no se presentó a la audiencia ante el TC.

El TC señaló que los hechos de obstrucción que pretendía investigar el fiscal Pérez Gómez, habrían sido cometidos en una investigación que está a su cargo; “es decir, quien indaga la obstrucción es el mismo que habría sido obstruido”.


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