Histórico fallo define lineamientos para devolución
Hay noticias que marcan un antes y un después en la lucha por los derechos de la familia policial, y esta es una de ellas. El Tribunal Constitucional (TC), mediante el expediente 0019-2017-PC/TC, ha emitido un fallo contundente que no solo asegura la devolución del diferencial del 2%, sino que garantiza que este se entregue de forma completa, sumando los intereses legales acumulados durante años.
Esta decisión es un espaldarazo a la economía del pensionista, asegurando que cada sol adeudado sea devuelto con su valor actualizado, compensando así el tiempo de espera y la pérdida del poder adquisitivo.
La gran noticia positiva es que el TC ha blindado este pago mediante la figura del «Apercibimiento». Esto significa que la orden de pago viene con una advertencia severa para los funcionarios de la División de Pensiones (DIVPEN) y el Ministerio de Economía (MEF):
Cumplimiento obligatorio: Bajo los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, las autoridades no pueden decidir pagar «solo una parte».
Protección contra recortes: Cualquier intento de pagar solo el capital, omitiendo los intereses, será considerado un incumplimiento de sentencia, exponiendo a los responsables a sanciones legales.
Por años, la resistencia administrativa fue el principal obstáculo. Sin embargo, la inclusión obligatoria de los intereses legales es calificada por expertos como el «golpe de gracia» a favor del uniformado.
Más que un reintegro: Los intereses funcionan como una justa compensación. Al sumarse al capital, el monto final que recibirá el efectivo o el sobreviviente de Montepío será significativamente mayor al esperado originalmente.
Valor real del dinero: Esta fórmula garantiza que el beneficio no se haya «licuado» con el paso del tiempo, devolviendo al policía un monto que realmente impacte positivamente en su canasta básica.
Este fallo es una invitación al optimismo. El mensaje es claro: la ley está del lado del policía. El pago completo y actualizado ya no es una posibilidad, sino un derecho blindado por el máximo intérprete de la Constitución.




