Congreso aprobó Ley de la Trabajadora del Hogar otorgándoles también otros beneficios
En el marco del Pleno Mujer, el Congreso de la República aprobó este sábado un texto sustitutorio de las comisiones de Trabajo y de la Mujer que crea la Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar.
Por 117 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, la representación nacional dio luz verde a la norma que modifica las reglas del trabajo doméstico remunerado.
Este fue el primer dictamen aprobado durante el Pleno Mujer, conducido por la tercera vicepresidenta del Congreso, Teresa Cabrera (Podemos Perú), y con presencia en el hemiciclo de parlamentarias en representación de sus grupos congresales.
Según la nueva ley, el trabajo doméstico puede realizarse con residencia en el hogar o sin residencia en éste, según acuerdo entre la persona trabajadora del hogar y la parte empleadora. La adopción de dichas modalidades debe constar por escrito.
El dictamen establece que el contrato de trabajo doméstico se celebrará por escrito, con duplicado, y será registrado por el empleador en el aplicativo web que establecerá el Ministerio de Trabajo.
En ese contrato debe figurar el nombre y apellido del empleador; las especificaciones del trabajo doméstico; los lugares de su prestación; la descripción de la entrega de alimentos, uniforme o alojamiento cuando corresponda.
Asimismo, la fecha de inicio del contrato; el monto y el medio de pago; el día de descanso semanal; las facilidades para acceder a la educación; los beneficios sociales otorgados, entre otros.
El MTPE deberá aprobar, publicar y difundir un modelo referencial de contrato de trabajo doméstico que contemple, como mínimo, los puntos detallados en la norma aprobada por el Congreso.
Sueldo mínimo
La norma señala que el monto de la remuneración de la persona trabajadora del hogar será establecido por acuerdo libre de las partes, pero no podrá ser inferior a la Remuneración Mínima Vital (RMV) por jornada completa de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales.
“La persona trabajadora del hogar que labore, por horas o fracción de éstas, recibirá una remuneración proporcional. El pago por estas labores tendrá como unidad dineraria mínima la RMV”, agrega el proyecto aprobado.
Otros beneficios
Actualmente, las trabajadoras del hogar tienen derecho a una gratificación en julio y diciembre equivalente a medio sueldo, pero con la nueva norma aprobada, este beneficio se eleva a un sueldo completo.
Lo mismo ocurrirá en el caso del pago de la CTS, pues el beneficio ya no estará reducido al 50% sino que será igual que en el régimen general privado de contratación de trabajadores.
La iniciativa legislativa también amplía de 15 a 30 los días de vacaciones que tienen derecho las trabajadoras del hogar por cada año de labores.
Asimismo, la norma les garantiza la libertad sindical, el fomento de la negociación colectiva y el respeto del derecho de huelga.