Trabajadores del sector público tendrán créditos Mivivienda

El Banco de la Nación anunció que desde el segundo semestre los trabajadores del sector público accederán a estos préstamos.

por | Abr 29, 2022 | Economía

El Banco de la Nación anunció que desde el segundo semestre los trabajadores del sector público accederán a estos préstamos.

El Banco de la Nación anunció que comenzará a otorgar créditos hipotecarios del Fondo Mivivienda a los trabajadores del sector público. Además, la entidad financiera señaló que será a partir del segundo semestre del año.

En ese sentido, los préstamos están dirigidos solo a los trabajadores del sector público y pensionistas.

Asimismo, aquellos empleados públicos que deseen acceder al financiamiento deberán tener un contrato a plazo indeterminado con un año mínimo de antigüedad laboral.

Requisitos

En principio se indica que el trabajador público que quiera acceder al préstamo debe estar nombrado y tener entre 18 y 65 años.

En tanto, el Banco de la Nación señala que para acceder a estos préstamos, el cliente y su cónyuge o conviviente no deben tener una clasificación de “CPP”, “Deficiente”, “Dudoso” o “Pérdida”. Todo ello acorde a la Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

El empleado o pensionista debe percibir tener un ingreso mínimo mensual neto de S/ 800, ya sea individual o conyugal.

Asimismo, se indica que el cliente no debe registrar deudas con más de cuatro entidades en el Sistema Financiero, incluido el Banco de la Nación.

Los trabajadores de “primera línea” (FFAA, PNP, sectores educación y salud) podrán acceder a una Tasa de interés Efectiva Anual (TEA) fija de 5.5% para cualquier modalidad de crédito hipotecario: compra o mejoramiento, ampliación y/o remodelación de vivienda.

En el caso de los otros trabajadores del sector público y pensionistas, se indica que podrán acceder a créditos hipotecarios con plazos hasta 25 años a una tasa interés efectiva anual desde 5.5%.

Cabe mencionar que este crédito hipotecario puede ser otorgado de forma individual o mancomunada. Además, no es requisito que el cónyuge también sea trabajador del sector público.


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