El Poder Judicial ha rechazado la acción de amparo presentada por el expresidente Martín Vizcarra con la que buscaba anular la inhabilitación de cinco años que le impuso el Congreso por sus presuntos vínculos con empresas privadas cuando se desempeñaba como ministro de Transportes y Comunicaciones durante el Gobierno de PPK. Así lo dispuso el juez Iván Cabrera Giursich, del Décimo Juzgado Constitucional de Lima.
El principal argumento de Vizcarra para recurrir al Poder Judicial es el “imposible jurídico constitucional” de una segunda inhabilitación cuando el Parlamento ya lo sancionó con el máximo legal que permite la Constitución: 10 años.
En efecto, el Congreso 2020-2021 inhabilitó al exmandatario por su vacunación irregular contra la COVID-19 con dosis de Sinopharm. Por este hecho, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, lo denunció constitucionalmente, junto a la exministra Pilar Mazzetti, por ser el presunto autor del delito de concusión.
Para el magistrado Cabrera Giursich, ambas denuncias son “aisladas y distintas”, por lo que el Congreso “tenía la potestad de sancionar al demandante por cada infracción a la Constitución”.
“Se tiene que la Resolución Legislativa del Congreso N.° 016-2021-2022-CR de fecha 12 de mayo del 2022 fue publicada en el diario El Peruano el 14 de mayo del 2022, por lo que se encuentra vigente desde el 15 de mayo del 2022 hasta cumplir el plazo de 5 años. (…) Este Juzgado determina que se encuentra claro dicho extremo en cuanto a la duración de la sanción, la cual a la fecha se encuentra cumpliéndose, por lo que corresponde desestimar dicho extremo de la demanda”, se lee en la resolución.
Por estos motivos, el Décimo Juzgado Constitucional de Lima declaró infundada la demanda de amparo de Martín Vizcarra.
En marzo de este año, el amparo que planteó Martín Vizcarra contra la inhabilitación de 10 años fue declarado improcedente por la jueza Rocío Rabines Briceño, del Sexto Juzgado Constitucional de Lima.
La defensa de Vizcarra apeló la decisión en primera instancia y se encuentran a la espera de que la Primera Sala Constitucional ratifique el fallo o lo revoque y declare fundada su demanda.