Indecopi le exigió a algunas farmacias que les vendan medicamentos genéricos en unidad, ya que al no hacerlo afectan económicamente a los consumidores
La Sala concluyó que esta práctica comercial generaba una situación de desventaja económica en perjuicio de los consumidores, pues limitaba su libertad de elección al momento de adquirir medicamentos genéricos por unidades, sino únicamente en su presentación en blíster o en caja. Es por ello, que le exigió a las farmacias que dejen de realizar esta práctica.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, afirmó las resoluciones emitidas por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) y para corregirlos ordenó que tres cadenas de farmacias ajusten sus tácticas comerciales de venta para ofrecer medicamentos genéricos por unidad a los consumidores.
Por esa razón, Indecopi expuso la responsabilidad de las empresas Mifarma S.A.C. (Mifarma), Albis S.A.C. (Boticas Arcángel) e Inretail Pharma S.A. (Inkafarma), por infringir las normas de protección al consumidor, ya que se conoció que no vendían medicamentos genéricos por unidad a los consumidores, sino, en blíster o en caja.
En ese sentido, la Sala expresó que esta práctica comercial ponía en desventaja económica a los consumidores, ya que restringía su libertad de elección, pues no podían adquirir medicamentos genéricos por unidades.