Por: Jorge Colunge Villacorta / ¿Tienen responsabilidad penal quienes se oponen a la vacancia?

por | Dic 1, 2022 | Opinión

Resulta sorprendente que la gigantesca crisis y desgobierno que vive el país, desde la instalación de Perú Libre, en gran medida podrían solucionarse con la simple y acertada decisión de un puñado de personas que, hasta hace un par de años, eran casi desconocidas en la política nacional, salvo unas pocas, pero en círculos policiales por sus presuntas vinculaciones con Sendero o Movadef. En efecto, en total se trata de un grupo de 30 a 40 congresistas que, en la práctica, se niegan a reconocer que Castillo ha cometido actos inmorales y de corrupción, para con sus votos impedir su vacancia por “incapacidad moral permanente”.  Y para justificar su proceder guardan silencio o arguyen motivaciones fuera de contexto, tales como la defensa a la gobernabilidad o que no existen pruebas suficientes, negando una realidad palmaria. Y para esclarecer estos dislates, bien vale la pena hacer un breve análisis del fondo de esta situación.

La vacancia presidencial por atropellos a la moral, por primera vez y de modo expreso, se estableció en la Constitución de 1839 (Art. 89), y desde entonces ha permanecido en los textos constitucionales, interpretándose el término “moral” bajo un sentido  gramatical, es decir, como un conjunto de valores, normas y creencias aceptadas por la sociedad y atribuibles a la conducta de una persona, y cuyo examen determinará si ha actuado de manera correcta o incorrecta, buena, mala o reprochable; aceptable o inaceptable. Es decir, si a la luz de  este simple ejercicio, decidir a través del voto de cada congresista, si el Presidente ha actuado de manera digna o indigna. Así de simple.

De acuerdo a la unánime interpretación de la Constitución, para la vacancia “por incapacidad moral”,   examinados el cúmulo de acciones inmorales y hasta delictivas atribuidas al Presidente, con base a indicios  razonables y objetivos (amén de los que aparecen en las diferentes  denuncias de la Fiscal de la Nación), que en un insalvable proceso judicial constituirán pruebas  inobjetables, el voto positivo significa reconocer que esas acciones son  inmorales  y  censurables, y que por tanto son indignas de un Presidente. Y el efecto inmediato será el voto a favor de la vacancia. Y votar en contra significa contradecir lo anterior, es decir, considerar que tales hechos son correctos, muy bien practicados y/o normales o intrascendentes. No existe otra forma de circundar a la vertical y firme disyuntiva constitucional.

Naturalmente, algunos de los que se oponen a la vacancia también se apoyan en ciertas tesis que creen los salvarán de sus responsabilidades, arguyendo que los congresistas no tienen por qué explicar su derecho a votar en el sentido que lo hicieren, porque “no son responsable ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”, Art. 93 de la Constitución. Sin embargo, tales asertos no son del todo correctos, ya que si se demuestra que el sentido del voto está vinculado e inmerso en una práctica delictiva, el congresista podría ser susceptible de ser procesado, tal como está sucediendo en el caso de los llamados Mamani videos. Y es que todos los derechos tienen límites implícitos, cuando hieren la moral, ponen en peligro la seguridad nacional y el orden público, entre otros. Naturalmente no todos los congresistas que votaron o sigan votando en contra de la vacancia podrían tener responsabilidad penal, si acaso se prueba que su oposición obedece estrictamente a razones de ceguera ideológica, por sólo pensar que deben apoyar los planes doctrinarios de PL y que no están atados a la obtención de prebendas, tales como  compromisos de obras en sus regiones, nombramientos en el aparato estatal, contratos de obras ilegales o pagos dinerarios.

Creo que nadie duda que tarde o temprano el mandato de Castillo   concluirá, y no tendrá forma de mantenerse en el poder (aunque continúe con su secreto a voces de intentar cerrar el Congreso), y cuando ello suceda terminará en la cárcel, y es posible que sobre quienes lo apoyaron con sus votos, para evitar la vacancia, serán blanco de examen para determinar quienes le seguirán sus pasos. Y en esta etapa cada cual tiene en su conciencia si fue parte de la corrupción tejida por Castillo y su entorno. Por lo pronto, quienes persistan con su oscuro voto de oposición a la vacancia, a la luz de los indicios ya detectados, estaría comprometidos con las siguientes irregularidades: al margen  de cometer perjurio por incumplir su juramento de  congresista, en primer lugar, apartarse de su deber constitucional  de fiscalización, y en cuanto a los efectos y comprobaciones de hechos que constarían en las investigaciones: obstrucción a la justicia, cohecho, abuso de autoridad y hasta complicidad, delitos cuyas penas se suman.

Creo que a nadie le alegra ver a un funcionario condenado a la pérdida de su libertad y, en el caso presente, sabiendo además cómo son los hacinamientos en las cárceles peruanas; el sufrimiento que sentirán sus familiares, empezando por la decepción y desprotección que causarán en sus hijos. Por ello se invoca a los implicados, que tienen sus conciencias revueltas, reflexionar y corregir esta autodestrucción que están provocando en sus vidas, a cambio de algunas prebendas o un momento pasajero de falsa notoriedad. Que Dios los ilumine para tener el valor de rectificarse en una próxima votación por la vacancia.

(*) Abogado


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