Conoce la forma en que se realizará pago total en Fonavi

Revelan los pasos que se darán para devolución completa

por | Ene 7, 2019 | Actualidad

Revelan los pasos que se darán para devolución completa

El Tribunal Constitucional resolvió a favor del Fonavi una de las demandas presentadas por la ANFPP contra la Ley 30114 la cual atenta y es excluyente al afectar a 333 mil fonavistas por supuestos beneficios de mediante obras de electrificación y agua o mediante el Banco de Materiales.

El ingeniero Andrés Alcántara Paredes, presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú, sostuvo que con la resolución del TC se va camino a la devolución completa tal como manda la Ley 29625 aprobada en Referéndum.

El líder de los Fonavistas indicó que el TC ha declarado inconstitucional una norma que devuelve 10.69 soles por mes aportado y excluye a más de 300 mil fonavistas.

“La ley 30114 atenta contra el principio de Temporalidad porque solamente tuvo vigencia de un año y hace buen tiempo caducó por lo que no se puede devolver con una norma fenecida”, agregó.

Recordó que la primera demanda con Expediente 012-2014-Al fue declarada fundada en parte por dicho TC con lo cual la devolución es a través de la cuenta individual elaborada para cada fonavista de acuerdo a sus aportes más los intereses como manda la Ley 29625 aprobada por el pueblo en Referéndum.

“La fórmula ilegal creada por el gobierno de 10.69 soles por mes aportado es la razón por la que la ANFPP solicitó al TC la ejecución de sentencia para eliminar este abuso y así la devolución se realice completo con sus intereses”, finalizó. (Hugo Laredo Medina).

Proceso de cobro

Alcántara precisó que, luego de la medida del TC, se podrá ordenar el proceso de entrega de aportes a los fonavistas.

“Se realizará la devolución total del trabajador, actualizada con sus intereses”, aseveró.

Esto, teniendo en cuenta que la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi, que fue aprobada mediante referéndum, establece lo siguiente: “Devuélvase a todos los trabajadores que contribuyeron al Fonavi el total actualizado de su aportes que fueron descontados de sus remuneraciones”.

La disposición también señala que la liquidación de aportaciones y derechos y la conformación de la cuenta individual de aportes por cada beneficiario del Fonavi se efectuará en función a los periodos de aportación que se determinen para cada beneficiario, correspondiendo a cada periodo aportado.

Antes de que se declare inconstitucional el Decreto Supremo 016-2014-EF, los montos a devolver estaban supeditados a la división de lo recaudado por el Estado entre la cantidad de beneficiarios, de tal forma que no se constituía el cálculo individualizado de lo realmente aportado por cada fonavista.

De esta forma, se presentaba una violación del derecho de propiedad de los fonavistas que se encontraban a la espera de la devolución de sus aportes.


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