La Reserva Nacional de Paracas era el principal objetivo de pesca a gran escala por la Sociedad Nacional de Pesquería
La Segunda Sala en lo Constitucional de Lima rechazó la petición del partido político Acción Popular y la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) que buscaba anular la prohibición de la pesca industrial en Áreas Naturales Protegidas (ANP).
La SNP intentaba anular la prohibición para la pesca a gran escala de recursos hidrobiológicos, tanto en áreas marinas como continentales dentro de las ANP. Sin embargo, el procurador público especializado en Materia Constitucional, Luis Alberto Huerta, argumentó que el verdadero objetivo de la SNP era permitir la pesca industrial en la Reserva Nacional de Paracas.
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Además de los cuestionamientos formales sobre el plazo de la demanda, los jueces rechazaron los argumentos sustantivos de la SNP. El gremio pesquero sostenía que la directiva del Sernanp violaba la Ley 26834, al no haber una prohibición expresa de pesca a gran escala en la ley, sino solo una referencia al aprovechamiento de los recursos por parte de las poblaciones locales. Sin embargo, el tribunal recordó que el reglamento de dicha ley sí establece claramente la prohibición de pesca a gran escala en ANP.
La SNP también argumentaba que el artículo 22.f de la Ley de Áreas Naturales Protegidas permitía la extracción comercial de recursos naturales, incluyendo la pesca a gran escala. Los jueces determinaron que esta interpretación era incorrecta, ya que dicho artículo solo permite el aprovechamiento comercial bajo planes de manejo aprobados y supervisados por la autoridad competente, y no la extracción a gran escala.