Nuevo Decreto Supremo dispone castigar las cuentas que tengan clasificación de incobrables en beneficio de los ex aportantes, eliminan deudas impagables.
Buena noticia para los fonavistas pues aquellos que aún mantienen deudas impagables por préstamos, ahora tendrán beneficios a fin de poder cobrar la devolución de sus aportes sin ningún problema.
En ese sentido, el último Decreto Supremo publicado, el 003-2020-EF, en su artículo 2 item 2 precisa: “Restructurar, refinanciar, y fraccionar las acreencias de FONAVI; castigar las cuentas que tengan clasificación de incobrables, así como efectuar la disposición de activos, bienes muebles e inmuebles de propiedad del FONAVI”.
En ese sentido, aquellos fonavistas que tengan deudas, podrán solucionar sus problemas y recibirán todos los beneficios de los ex aportantes.
La devolución del Fonavi, en la modalidad de compensación de deudas con el Banco de Materiales (BanMat), obras de electrificación y agua, etc., ordenada por la ley fonavista, aprobada en Referéndum Nacional, se viene realizando eliminando los intereses moratorios que convirtieron los préstamos en impagables para las familias fonavistas. El problema está que no todos son beneficiados con este proceso.
Ahora con el nuevo Decreto Supremo en mención sí podrán gozar del beneficio de eliminación de deudas o fraccionamiento; lo cierto es que ahora pagarán montos justos y no cifras impagables.
Así miles de familias, que adquirieron viviendas o recibieron préstamos del Banco de Materiales, pueden sanear su situación y acceder a un título de propiedad que les dé seguridad jurídica a sus viviendas, “pues la comisión Ad Hoc desde hace varios meses tomó la decisión de eliminar los intereses moratorios, reestructurando el préstamo al monto inicial bajo las mismas condiciones establecidas en sus contratos, para hacer viable el pago de los préstamos con el Banco de Materiales y así levantar las hipotecas de las casas de los fonavistas, que garantizaban el crédito”, subrayaron en su momento los representantes de la Asociación de Fonavistas (ANFPP) ante la Comisión Ad Hoc.
Una vez reestructurado el monto de la deuda a las condiciones iniciales, el fonavista puede compensar el nuevo saldo del crédito con el adelanto de su devolución del Fonavi que le corresponde.