Pensionistas del Minedu DL 20530 en Lima cobrarán mensualmente en la ONP
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) se encargará, a partir de julio, de la administración y el pago a los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación (Minedu) (Pliego 10), ubicadas en el departamento de Lima.
Esto, según lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 015-2019-EF.
De esta manera, pasarán a la ONP más de 40 mil pensionistas del MINEDU de las Unidades Ejecutoras: San Juan de Miraflores, Rímac, Cercado de Lima, Comas, San Juan de Lurigancho, Vitarte, San Borja y la Dirección Regional de Lima. También, la Escuela Nacional de Bellas Artes, la Escuela Nacional de Folklore, el Instituto Pedagógico de Monterrico y la sede central del ministerio; todas ellas ubicadas en la ciudad capital.
Esta transferencia tiene como propósito encargar la administración y el pago de las pensiones a un organismo técnico especializado del Estado como es la ONP; que viene coordinando con el MINEDU la recepción de la información para el pago a los pensionistas.
Más beneficios
Los pensionistas de las Unidades Ejecutoras del Pliego 10 del MINEDU, accederán a todos los servicios que asisten a los pensionistas de la ONP, entre ellos: asesoría especializada gratuita en cualquiera de sus 34 Centros de Atención a nivel nacional; el uso de una plataforma digital para la descarga de sus constancias de pago; cobro de pensión en cualquier sucursal de la entidad bancaria elegida; acceso al servicio de Pago a Domicilio si el pensionista sufre alguna limitación física; y afiliación al programa la Casa del Pensionista, espacio de socialización pensado en el bienestar físico – emocional de los adultos mayores.
Para consultas adicionales, los pensionistas pueden visitar cualquier centro de atención de la ONP, hacer sus preguntas a través del portal: onp.gob.pe o comunicarse telefónicamente con nuestra central ONPTEL al 410-0808 en Lima o al 0801-12345 desde cualquier lugar del país, al costo de una llamada local.