Esta ley facilita a los afiliados a las AFP la posibilidad de acceder a su jubilación de manera anticipada
La Ley 31332, vigente desde el 1 de septiembre de 2021, establece que los afiliados a las AFP pueden acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) a partir de los 50 años, tanto hombres como mujeres, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.
A continuación, se detalla el procedimiento y las condiciones necesarias para acceder a este beneficio.
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Requisitos para la jubilación anticipada AFP
- Edad mínima: Tener 50 años cumplidos al momento de solicitar el beneficio.
- Cálculo de la pensión:
- La jubilación procede si el afiliado mayor de 50 años obtiene una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, actualizadas deduciendo las gratificaciones.
- No se consideran los aportes voluntarios con o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual de capitalización (CIC) de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en la CIC.
- Redención del bono de reconocimiento:
- El bono de reconocimiento puede ser redimido dos años después de acogerse a la jubilación anticipada o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que ocurra primero. Esto es independiente de si los fondos de la CIC se han agotado antes y requiere que la AFP informe a los afiliados calificados para este régimen.
Modalidades de jubilación anticipada
Los afiliados pueden optar por varias modalidades de jubilación anticipada:
- Pensión: Recibir una pensión mensual.
- Retiro del 95.5% del fondo: Retirar el 95.5% del total del fondo de pensiones. El 4.5% restante se destina a la cobertura de prestaciones de salud a través del Seguro Social de Salud (EsSalud).
- Retiro parcial del fondo: Retirar una parte del fondo y utilizar el saldo restante para obtener una jubilación.
Proceso para solicitar el beneficio
- Validación de situación: Contactar a la AFP a la que se está afiliado para validar si se cumple con los requisitos para la jubilación anticipada. Los números de contacto para cada AFP son:
- AFP Hábitat: 230-2200 (Lima) o 0801-14224 (provincias).
- Prima AFP: 615-7272 (Lima) – opción 1 o 0801-18010 (provincias).
- AFP Integra: 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
- Profuturo: 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).
- Solicitud de jubilación anticipada: Después de validar la situación, se debe proceder a solicitar la jubilación anticipada de manera virtual a través de la página web de la respectiva AFP.