Alerta: Aprueban la reforma de pensiones que pone fin a la ONP

En la comisión de economía

En la comisión de economía

La Comisión de Economía del Congreso aprobó por mayoría — 14 votos a favor y 9 en contra — un dictamen que reforma el sistema de pensiones, y plantea la estandarización del modelo de cuentas individuales de las AFP.

Con amplio respaldo de la banca fujimorista, el texto — sustentado por Rosangella Barbarán, presidenta del grupo en cuestión — acaba con el esquema colectivo de la ONP, la cual pasaría a ser una especie de AFP pública.

Además, determina que los independientes aporten obligatoriamente para su jubilación, tasa que progresivamente subirá hasta un 13% para aquellos que ganen mensualmente más de 1 UIT. En el caso de los que declaren ingresos de hasta 1 UIT, la tasa ascenderá a 6%.

Pese a la solicitud del congresista Segundo Montalvo para la votación de una cuestión previa que permita posponer el debate de la reforma, la presidenta de la comisión, Rosangella Barbarán procedió a la votación. La parlamentaria alegó que, al ser un dictamen y no un proyecto de ley, no había lugar a cuestión previa.

 

PROPUESTAS

  1. La creación de una Cuenta individual de capitalización acumulativa (CICA) que reemplaza a la cuenta individual de capitalización (CIC), para todos los peruanos mayores de edad afiliados al sistema previsional público o privado con las mismas características ofrecidas actualmente por las AFP en el SPP.
  2. La modernización del sistema nacional de pensiones (SNP). Se sustituye el actual régimen de reparto por un régimen de CICAs. La ONP podrá capitalizar y rentabilizar las CICAs de sus afiliados invirtiendo en los fondos en conformidad con el TUO (Texto Único Ordenado) del SPP y sujeto a la SBS.
  3. La ampliación de oferta. Se autoriza la participación de empresas de operaciones múltiples (EOM) y empresas de seguros para actuar como gestoras de pensiones y ofrecer CICAs a los beneficiarios debiendo constituir un patrimonio independiente para su gestión, además de someterse al control y supervisión de la SBS.
  4. Se determinan aportes complementarios. Dentro de la CICA se abre la cuenta de aportes complementarios a todo afiliado al sistema previsional compuesta por tres puntos del IGV. Estará conformado por todas las adquisiciones que realiza el beneficiario hasta un limite determinado para asegurar que se favorezca solo a las personas que más lo requieren y su aplicación es efectiva de forma gradual, el primer año 0.5% del IGV subiendo 0.5 por año hasta llegar a 3%.
  5. Se crea el fondo solidario FONSOL, administrado por el Estado con la finalidad de ayudar a la obtención de un a pensión mínima de aportantes del SPP y SNP, y compuesto por ingresos provenientes de un punto porcentual de la adquisición de personas jurídicas (empresas). Este no puede ser destinado a programa Pensión 65, Contigo ni otro programa social.
  6. Las CICAs están inafectas a pago de tributos.
  7. Se dispone la reglamentación de la ley por parte del MEF y la labor de Sunat y SBS, dentro de sus competencias de normas adicionales, que se requieren para la mejor aplicación y control de la ley.


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