Con promoción económica cada 5 años
La promulgación de la Ley 32561 marca un hito de justicia y amparo económico para el personal de las FFAA y de la PNP. La nueva norma introduce una modificación medular al artículo 15 del Decreto Legislativo 1132, creando un potente escudo financiero para aquellos efectivos que queden inválidos o fallezcan en cumplimiento del deber: el derecho a una promoción económica cada 5 años sobre la base del grado inmediato superior.
El salto de grado inicial: Desde el momento en que se declara la invalidez permanente o el fallecimiento, el monto del subsidio se calcula tomando como base la remuneración consolidada, aguinaldos (Fiestas Patrias y Navidad), escolaridad y la mayor de las bonificaciones del grado inmediato superior al que ostentaba el efectivo.
Aumento constante cada 5 años: El personal afectado o sus derecho-habientes (cónyuge, conviviente, hijos o padres) serán promovidos económicamente cada cinco años a la remuneración consolidada de la clase inmediata superior.
Tiempo de servicio acumulativo: el periodo en que se perciba este subsidio se considerará como tiempo de servicio real y efectivo.
Este subsidio se otorgará bajo un estricto orden excluyente para beneficiarios en caso de subsidio póstumo: Cónyuge o Conviviente (Unión de hecho), Hijos, y Padres.
Pasos para activar y asegurar tu subsidio:
1.Determinación y Calificación del Acto de Servicio:
La sanidad institucional o junta médica correspondiente debe emitir el dictamen definitivo de invalidez permanente. En caso de fallecimiento, el comando emite el parte que califica el deceso en «acto de servicio» o «acción de armas».
- Emisión de la Resolución del Subsidio e Inclusión en Planilla:
El Ministerio de Defensa o del Interior emite la resolución que otorga el subsidio con los haberes del grado inmediato superior. Este beneficio es incompatible con cualquier otra pensión por la misma causal.
- Activación del cronómetro previsional y reajuste cada 5 años:
La oficina de remuneraciones correspondiente programa el pago mensual. El sistema de cómputo previsional registrará la fecha de emisión para aplicar, de forma automática cada 5 años, la promoción económica al grado subsiguiente hasta alcanzar el tope de ley.




