En Lima Metropolitana la fiscalización se iniciará el próximo 15 de agosto y estará a cargo de la Policía Nacional del Perú.
La Municipalidad de Lima anuncia multas a partir del 15 de agosto a conductores que excedan nuevo límite velocidad en calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas y desde luego en carreteras que pasan por centros poblados a nivel nacional. Esto les podrá causar una sanción hasta por el equivalente al 50% de una UIT, es decir, S/2300.
Esta actividad estará a cargo primordialmente por la Policía Nacional del Perú. El Reglamento Nacional de Tránsito señala que no se debe superar los 30 km/h (antes eran 40 km/h) en las calles y jirones. De la misma forma, en las avenidas no se deben exceder los 50 km/h (antes eran 60 km/h).
Además, se cambió los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma seguida o inclusive dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. En zonas comerciales: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares / hospitales: 30 km/h.
Si en caso se excediera el límite máximo establecido, se impondrán sanciones de forma gradual. Es decir, si se supera hasta 10 Km/h por encima del límite implicará una sanción de S/ 828 (18% de una UIT) y 50 puntos negativos en el récord del conductor. Excederse entre 11 km/h y 30 km/h por encima del límite significará una multa de S/1104 (24% de una UIT) y acumulará 60 puntos en contra en su historial.
Caber resaltar que, la acumulación de puntos en contra en el récord del conductor por cada infracción cometida puede derivar en la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducir. Asimismo, es importar precisar que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de este año equivale a S/4,600