Anuncian bono de 380 soles para más de 420 000 docentes y auxiliares
Eloy Cantoral, director general de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación (Minedu) anuncia bono de 380 soles para docentes, auxiliares y maestros de la educación ténico-productiva (CETPRO) en el país. Esto con la finalidad de reconocer la importante labor de los profesionales en la educación y que de esta manera se fortalezca el ambito educativo en el Perú.
Este beneficio fue aprobado por la Ley 32121 y fue publicado el 20 de septiembre en el diario El Peruano. Con esto más de 420 000 profesionales de la educación podrán acceder al bono.
Requisitos y beneficiaros del bono docente
Este bono esta dirigido tanto a docentes como auxiliares de educación básica y de la Ceptro. También están adentro los profesores de instituciones educativas que maneje el Ministerio de Defensa.
Para poder recibir este beneficio, es necesario estar con un trabajo activo al momento de que se haya publicado la ley. También, es necesario estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas del Sector Público (AIRHSP) hasta la fecha del 31 de diciembre de 2023.
Eloy Cantoral menciona que los docentes recibirán el bono extraordinario entre octubre y noviembre de este año.
Para cubrir esta bonificación, el Gobierno ha dado permiso al Ministerio de Educación para hacer ajustes en su presupuesto durante el año fiscal 2024, empleando fondos de su propio presupuesto sin requerir recursos adicionales del tesoro público.
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Con el fin de garantizar el pago de este bono, de acuerdo con la ley publicada en septiembre, se han asignado más de 131 millones de soles a los Gobiernos regionales y al Ministerio de Defensa.
Minedu se pronuncia sobre el bono
El Minedu enfatiza que el bono no tiene carácter salarial ni se considera para pensiones, lo que implica que no está sujeto a cargas sociales ni se incluye en los beneficios laborales. En otras palabras, no se le aplicarán descuentos.
Asimismo, este bono no servirá como base para el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) ni para otras bonificaciones, asignaciones o pagos adicionales.