La iniciativa promovida por el Ministerio del Ambiente (Minam) tiene como objetivo reconocer y profesionalizar la labor de más de 700 personas involucradas en esta labor específica
En una sesión conjunta, las comisiones de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; y de Trabajo del Congreso de la República aprobaron el proyecto de ley que establece la creación y el régimen laboral del Cuerpo de Guardaparques del Perú. El objetivo de esta iniciativa es proteger los derechos de los guardaparques y regular aspectos relacionados con sus funciones y características distintivas en el desempeño de su labor.
La propuesta legislativa considera aspectos económicos y remunerativos para garantizar la profesionalización del trabajo de los guardaparques. Entre estos aspectos, se destaca el acceso a 14 remuneraciones anuales, compensación por tiempo de servicio, asignación por servicio en zonas de frontera, de difícil acceso o de alto riesgo, así como subsidio por sepelio y luto en caso de fallecimiento en ejercicio de funciones.
Es relevante destacar que el proyecto de ley se fundamenta en principios como el interés general, mérito, fortalecimiento de capacidades, igualdad de oportunidades y no discriminación, primacía de la realidad y derecho laboral, seguridad y salud en el trabajo, pertinencia cultural, legalidad y especialidad normativa, así como probidad y ética.
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Dentro de estos principios, se destaca el compromiso del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) de fortalecer de manera continua las capacidades de los guardaparques. Esto tiene como objetivo garantizar que tengan acceso, en igualdad de oportunidades, a mejoras profesionales y remunerativas basadas en su desempeño y conocimientos.
La norma también resalta la importancia de incorporar elementos de la diversidad cultural de los guardaparques que pertenecen a pueblos indígenas. Esto implica tener en cuenta sus costumbres y prácticas ancestrales, así como promover su integración con un enfoque intercultural en el personal de las áreas naturales protegidas.
Esta legislación representa un reconocimiento y reivindicación para los guardaparques, quienes desempeñan un papel crucial en la protección de las áreas naturales protegidas y contribuyen al desarrollo sostenible de las comunidades asociadas a estos espacios naturales.
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