“La Cúpula”
Por: Edgardo Palomino Martínez / Denunciar a una persona –y más, a un grupo de personas– para que sea enjuiciada por la comisión de uno o varios crímenes no es cosa sencilla; más todavía, si se debe “quebrar” la garantía fundamental de orden constitucional de “presunción de inocencia” probando que el imputado es culpable más allá de cualquier duda razonable.
La codicia, los celos, el miedo y la venganza son los cuatro motivos principales por los que se cometen crímenes. Para conocer las circunstancias en que se cometió un crimen, a través de una investigación criminal deben responderse las siguientes cinco preguntas: ¿Qué? ¿Quién? ¿Cuándo? ¿Dónde? y ¿Por qué y para qué?
Cuando se trata casos complejos, como es el supuesto de “crimen organizado” u “organizaciones criminales” del “¿por qué y para qué?”, que establecen el motivo y la intencionalidad de cometer el crimen, se desprenden tres preguntas adicionales:
¿Quién tendría interés en que el crimen se cometa?
¿Quién se beneficia?
¿Quién tiene el poder para inducir a que se cometa el crimen y encubrirlo?
Todas ellas están dirigidas para identificar el “cuerpo” y los “tentáculos” de la organización criminal, así como a aquellos integrantes no visibles que operan desde la oscuridad y en secretismo.
A lo largo de esta segunda serie de crónicas, sobre la base de las investigaciones que hemos realizado, de los hechos que resumidamente hemos expuesto en los diez capítulos que conformaron la serie “Crónicas sobre una administración municipal corrupta”, analizaremos si el Ministerio Público y sus Fiscales han desempeñado adecuadamente el papel que la Ley les encomienda; así como el rol que terceros han tenido en este proceso arrogándose la condición de “fiscales, jueces y verdugos mediáticos”.
¿Qué autoridad tenemos para hacerlo? La autoridad que nos confiere el ser peruanos, por ser inmanente a dicha condición el deber de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación tal como está prescrito por el Artículo 38° de nuestra Carta Magna, y que nos ordena que hagamos que los Poderes y Órganos Constitucionales Autónomos cumplan la Constitución y las leyes en general.
¿QUÉ ESTAMOS INVESTIGANDO?
Estamos investigando la hipótesis que, durante el período en que Susana Villarán fue alcaldesa de Lima, en la MML se haya enquistado una “organización criminal”; es decir, “una agrupación que cuenta con tres miembros o más, entre quienes se reparten tareas o funciones, cualquiera sea su estructura y ámbito de acción, que tenga carácter estable o tiempo indefinido, funcione de manera coordinada y tenga el propósito de cometer delitos”, conforme la define el artículo 2º inciso 1 de la Ley N° 30077, “Ley contra el crimen organizado”, delito sancionado hasta con 15 años de pena privativa de la libertad, con arreglo a lo previsto por el Artículo 36, incisos 1), 2), 4) y 8) del Código Penal.
Para los fines de la investigación criminal nos guiaremos por las pautas que postula el análisis sobre “organización criminal”, de fecha 11 de junio de 2019, elaborado por Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú y la bibliografía que se ha empleado para su elaboración. (https://idehpucp.pucp.edu.pe/notas-informativas/el-delito-de-organizacion-criminal-definicion-estructura-y-sancion/#:~:text=El%20delito%20de%20organizaci%C3%B3n%20criminal%20se%20encuentra%20tipificado%20en%20el,Penal%20peruano%2C%20seg%C3%BAn%20el%20cual%3A&text=Cuando%20producto%20del%20accionar%20delictivo,su%20integridad%20f%C3%ADsica%20o%20mental.%E2%80%9D)
¿QUIÉNES PRESUNTAMENTE CONFORMARON “LA CÚPULA”?
Esta crónica tiene por objeto, sobre la base de lo ya narrado en las “Crónicas de una administración municipal corrupta”, presentar a los presuntos integrantes de “La Cúpula” que habría dirigido la “organización criminal” que, según nuestra hipótesis se habría enquistado en la MML; y, que se muestran en el siguiente cuadro, con indicación de los presuntos cargos y algunas de las principales funciones que habrían ejercido a los fines de la ejecución de actividades ilícitas bajo su dirección: (Ver recuadro)
La presunta “Cúpula” se habría formado originalmente, desde antes de la asunción del cargo de alcaldesa por Villarán en enero de 2011: por la misma Villarán, Marisa Glave y Castro Gamarra. Luego se integraría a “La Cúpula” Augusto Rey, oficialmente desde mayo de 2011, pero él ha asegurado que desde febrero de ese año ya venía laborando en la MML.
Posteriormente, en el 2012, cuando Marco Tulio Gutiérrez inició el proceso de revocatoria, se integraron a “La Cúpula” Anel Townsend (quién se retiró al término de la “Campaña por el NO”); y, Paola Ugaz (quién se habría retirado en enero del 2014, pero que presumimos que se mantuvo trabajando directamente para Villarán, “free lance”, hasta diciembre de ese año).
La “Consulta popular del 17 de marzo de 2013” culminó la “Campaña por el NO” y Anel Townsend –realizada la rendición de cuentas de la misma– se habría apartado de “La Cúpula” para cumplir sus funciones como esposa del Embajador del Perú en Honduras. Igual habría ocurrido con Marisa Glave al haber sido revocada como regidora, por voto popular.
Así, “La Cúpula” se habría reorganizado para el lapso abril 2013-diciembre 2014, y la “Jefatura de Planificación y Estrategia” habría recaído sobre Indira Huilca quién, como regidora accesitaria, se incorporó a las Comisiones de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente, Mujer y Participación Vecinal, así como a los programas municipales como Barrio Mío, Vivienda Popular y la defensa de espacios públicos en Lima, impulsando la creación de la Gerencia de la Mujer como instancia responsable de las políticas públicas de igualdad de género en Lima Metropolitana.
Para los procesos electorales municipales de 2014, en los que Villarán dijo que no participaría, pero finalmente candidateó, es de público conocimiento que ella fue su propia jefa de campaña.
Ante indicios tan contundentes que aportaban la hipótesis de una “Cúpula” que habría dirigido la supuesta organización criminal enquistada en la MML durante los lapsos enero 2011-marzo 2013 y abril 2013-diciembre 2014: ¿por qué el Ministerio Público, a través del Fiscal Puma Quispe, habría presentado una estructura que por no cumplir con los requisitos establecidos en Doctrina y por la Corte Suprema estaría condenada a ser desestimada?
Continuará…
Redactada la presente nota periodística por quien la suscribe. Firmado en la Ciudad de Lima el día 6 de julio de 2020
(*) La Dirección no se hace responsable por los artículos firmados.