“Delito de especulación de alimentos se sanciona con 4 a 8 años de cárcel”

Crisólogo Cáceres, titular de ASPEC descarta que el dólar sea factor para el alza de productos esenciales

por | Ago 14, 2021 | Actualidad

Crisólogo Cáceres, titular de ASPEC descarta que el dólar sea factor para el alza de productos esenciales

El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (ASPEC) Crisólogo Cáceres descartó que el alza del dólar sea el único factor que haga que se eleven los precios de los alimentos de primera necesidad, por lo que reveló que ha instado al gobierno la creación de una Comisión de Alto Nivel para sancionar los delitos de especulación, concertación de precios y acaparamiento que hacen subir el precio de los productos de primera necesidad.

precio

¿Por qué se señala  que el alza del dólar genera el alza de los productos de primera necesidad en los mercados?

Creo que se está culpando del incremento a los productos de primera necesidad a varias causas. Se culpa al alza del dólar, se culpa a que el señor Velarde aceptó quedarse en el BCR. Se dice que hay incertidumbre política, pero nadie osa mencionar la palabra especulación como una de las causas del incremento. La especulación es el delito que está consignado en el artículo 234 del Código Penal y, por lo tanto, está sancionado con pena privativa de la libertad no menor de 4 años ni mayor de 6 años. Y en estado de emergencia como el que vivimos es de 8 años. La especulación consiste en vender productos esenciales o alimentos a precios que exceden su estructura de costos, es decir, que si un producto fabricado cuesta un 1 sol y lo vendo a 2 soles. Gano el 100% y si lo vendo a 3 o 4 soles, ya es una conducta especulativa.

¿Y cuando se produce la concertación de precios y se guardan los productos para hacer acaparamiento?

Mientras en el tema penal es el ministerio público el que sanciona, en el tema administrativo la autoridad competente es INDECOPI con arreglo al decreto legislativo 1034, que la Ley de represión de conductas anticompetitivas, esta ley tiene una serie de prohibición de lo que pueden y no pueden hacer las empresas. Entre las prácticas que se prohíben están las prácticas colusorias horizontales (art.11 Ley) que es la aplicación de precios concertados.

¿Qué hará la ASPEC para concientizar a la población para no permitir la especulación de precios en los mercados?

Estamos exhortando al Presidente de la República para la creación de una Comisión de Alto Nivel integrada por él, la Fiscal de la Nación, la Presidenta del Poder Judicial para que cada uno  en el ámbito de sus competencias investigue esta anomalía. Entonces, el jefe de Estado tiene bajo su mando al Ministerio del Interior, el Ministerio de Agricultura para ver cómo se comporta el observatorio de precios de los productos de primera necesidad (alimentos) para ver si existe alguna traba que esté conspirando contra los precios. Además, el presidente tiene bajo su mando al INDECOPI. Y si se suman la fiscalía y el poder judicial, enviaremos una señal potente a los infractores que se sienten muy orondos, porque es insólito nadie que sea procesado, ni siquiera esté detenido por especulación.

¿Por qué cree usted que la gente no denuncia este delito de especulación como corresponde?

La gente no denuncia la especulación primero porque desconoce sus derechos. Segundo porque no tiene dinero para enfrascarse en litigios de este tipo que son además de conocimiento muy especializado, o sea, las personas que manejan esta temática no son muchas y los abogados que dominan el tema son muy caros. Entonces, la gente no tiene cómo acceder a los alimentos. Por ello, es que la Asociación Peruana de Consumidores (ASPEC) asume esta batalla contra todos esos colosos y nosotros nos haremos cargo de la defensa de la sociedad.

¿Ante la carestía en qué tiempo podría cristalizarse esta comisión de alto nivel que le haga pelea a los especuladores?

En este momento el presidente está de viaje. Yo creo que el reporte que le van a dar sus asesores. Yo espero tener algún tipo de noticias positivas la próxima semana. Quisiera recordar que el 2008 durante el gobierno de Alan García el Congreso derogó el artículo referido a especulación, nunca se supo el por qué los delitos de acaparamiento y especulación salieron del Código Penal. Entonces, estuvieron fuera desde el 2008 hasta el 2020, casi 12 años. Y fue el congreso anterior, es que mediante la Ley número 31040 restituye el delito de especulación y acaparamiento y lo volvió a incluir en el Código Penal.

¿La concertación de precios es una figura lesiva que lamentablemente siempre se ha producido en el país?        

Hay incrementos que se produjeron en días cuando los niveles que alcanzó el dólar empezaron a bajar, no se produjeron cuando subió, sino cuando bajó. Uno podría suponer que en ese lapso se produjo un tipo de acuerdo o negociación. Los incrementos se han dado en todos los rubros habidos y es claro que en el caso de alimentos y combustibles puede darse la concertación de precios. Históricamente en el Perú se da una serie de prácticas lesivas a la libre competencia y a la protección al consumidor.

Por: Roberto Sánchez R.


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