Dina promulga ley que elimina la detención preliminar sin flagrancia

La presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley 32181, que reforma el nuevo Código Procesal Penal y deroga la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia.

La nueva norma elimina el inciso ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal.

Hasta ahora, este inciso permitía a un juez, a solicitud de un fiscal, ordenar la detención preliminar cuando, aunque no hubiera flagrancia, existieran razones fundadas para creer que una persona había cometido un delito grave, con penas superiores a cuatro años de cárcel, y existiera riesgo de fuga u obstrucción de la investigación.

Con esta reforma, los fiscales solo podrán solicitar detenciones preliminares cuando el delito se haya cometido en flagrancia, es decir, dentro de las 48 horas posteriores a su ocurrencia.

Expertos en derecho penal consideran que esta reforma coloca a las autoridades en una posición vulnerable frente al crimen organizado. Los críticos de la medida señalan que podría generar un clima de impunidad y desincentivar investigaciones en casos donde se sospeche de la participación de altos mandos o funcionarios públicos.

Ante los cuestionamientos, el ministro de Justicia, Eduardo Arana, anunció que su sector evaluará la ley que elimina la detención preliminar sin flagrancia, y emitirá un informe para determinar si corresponde realizar una modificación a la norma.

El ministro Eduardo Arana, dijo que “vamos a analizar la pertinencia de esta norma y, si consideramos pertinente, haremos la propuesta o modificación”.

Añadió que el Ministerio Público debió advertir los riesgos de la normativa antes de que sea promulgada. “¿Por qué esperar a que salga la norma y no alertar en su momento que hay una norma que tiene este propósito?”, indicó.

Refirió que cuando su sector recibió la autógrafa de la Ley 32181, tras la aprobación en el Congreso, se determinó que se encontraba dentro del “marco de la Constitución”, por lo que no realizaron observaciones.

Agregó que la Fiscalía de la Nación tiene la potestad de iniciar una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 32181.


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