La Fiscal de la Nación Zoraida Avalos, determinó haber merito para formular denuncia constitucional contra el ex parlamentario Javier Velásquez Quesquen y contra el miembro de la Comisión Permanente, Marvin Palma Mendoza.
Según la disposición número cinco de fecha 05 de noviembre, expedida en la carpeta fiscal N° 23-2019, la Fiscal de la Nación habría encontrado indicios de la presunta comisión del delito de tráfico de influencias agravada, al atribuirse a los ex congresistas haber participado de una reunión entre el ex contralor Edgar Alarcón y el ex alcalde de Chiclayo, David Cornejo Chingel con la finalidad de que la Contraloría desbloquee las cuentas de la Municipalidad de Chiclayo, que en ese entonces se encontraban bloqueadas.
En entrevista telefónica con La Razón, el miembro de la Comisión Permanente Marvin Palma, enfatizó que jamás ha realizado algún acto indebido para favorecer al ex alcalde de Chiclayo; según sostuvo, su participación en la referida reunión se dio a la solicitud formal del ex burgomaestre quien solicitó una reunión de carácter técnico con representantes de la Contraloría y los congresistas lambayecanos, la cual fue de carácter público, tal como como informó en su momento a través de los medios de prensa y redes sociales. Por último señaló, que sobre su persona no hay ningún tipo de imputación, testimonio, ni sospecha de que haya recibido o le haya sido propuesta algún tipo de prebenda de carácter económico, por lo que confía en que luego de una investigación exhaustiva e imparcial el caso sea archivado.
También intentamos comunicarnos con el ex parlamentario Javier Velasquez, a fin de conocer su posición sobre los hechos, sin embargo no fue posible establecer contacto alguno; no obstante, en diversas ocasiones ha negado las imputaciones, desmintiendo los hechos que se le atribuyen.
Cabe precisar que por disposición de la Fiscal de la Nación, el caso debe ser derivado al Congreso de la República para que se pronuncie sobre la procedencia de la denuncia, una vez que vuelva a entrar en funciones, dado que según Decreto Supremo N° 165-2019 dicho poder del Estado fue disuelto por disposición presidencial.