Fonavi – Gobierno aprobó disposiciones para devolución de aportes a través del Decreto Supremo Nº 003-2020-EF
A través del Decreto Supremo N° 003-2020-EF, publicado en diario oficial El Peruano, el Gobierno peruano aprobó las distintas disposiciones para el proceso de devolución de aportes y administración de recursos del Fonavi, dispuesto por Ley N° 29625.
La norma mencionada disponía la conformación de una comisión ad hoc la cual cumpliría la función de llevar a cabo los procedimientos y procesos necesarios para tal fin. Ante ello se dispuso lo siguiente:
1. Administrar los fondos y activos del Fonavi, recuperar sus acreencias; así como realizar todo acto que sea necesario para el saneamiento legal de las obligaciones del Fonavi.
2. Restructurar, refinanciar y fraccionar las acreencias de Fonavi; castigar las cuentas que tengan calificación de incobrables; así como, efectuar la disposición de activos, bienes muebles e inmuebles de propiedad del Fonavi.
3. Proponer normas reglamentarias para su aprobación por decreto supremo.
4. Recibir de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP) los padrones que sirvieron de base a la iniciativa legislativa.
5. Llevar adelante la construcción de la historia laboral de los fonavistas.
6. Conformar una cuenta individual por cada fonavista beneficiario.
7. Aprobar semestralmente mediante resolución el Padrón de Beneficiarios.
8. Aprobar semestralmente la relación de personas excluidas del proceso de devolución.
9. Aprobar la estructura de la Secretaría Técnica a propuesta de ésta.
10. Realizar todos los procedimientos y procesos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley.
Asimismo, la comisión, con el apoyo de la Secretaría Técnica, se encargará de la administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi.
Las entidades que administren fondos, activos y pasivos de propiedad del Fonavi mantendrán la administración, pero la comisión puede evaluar dicha continuidad.
Administración de activos
Las entidades que administren fondos de propiedad del Fonavi mantendrán la administración; la comisión podrá evaluar dicha continuidad en el marco de las normas aplicables.
A tal efecto, los actuales administradores se obligan, bajo responsabilidad, a brindar información suficiente vinculada con la calidad de la cartera e índices de recuperación, gestiones realizadas y de los estados financieros de dichos fondos, entre otros, de manera mensual, a fin de que la comisión pueda plantear alternativas que optimicen la administración de los recursos, señala la norma en comentario.
Por ello, los actuales administradores están obligados a brindar información adecuada y suficiente vinculada a la calidad de la cartera e índices de recuperación, gestiones realizadas y de los estados financieros de dichos fondos, entre otros, de manera mensual.