La norma publicada indica que aún persiste el riesgo del daño a la salud por la cuarta ola de la pandemia.
De acuerdo al Decreto Supremo N° 015-2022-SA, publicado en el diario El Peruano el día de hoy, martes 16 de agosto, indica la ampliación por 180 días el estado de emergencia sanitaria en el Perú, debido a la pandemia del coronavirus (Covid-19). Esta medida comenzará a regir desde el lunes 29 de agosto del presente año.
Ministerio de Salud (Minsa), al Instituto Nacional de Salud (INS) y al Seguro Social de Salud (EsSalud), le corresponderán realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú”.
No obstante, la norma menciona que durante la nueva prórroga se mantendrá continuando con la contratación de los bienes y servicios requeridos para todas las actividades de la emergencia sanitaria Covid-19.
Asimismo, toda contratación y adquisición que se continúe realizando al amparo del presente Decreto Supremo y decreto previos, deberán destinarse exclusivamente a fines que establezcan dicha norma bajo su responsabilidad.
Este decreto lleva la firma del presidente de la República, Pedro Castillo, y de los ministros de Salud, Jorge López, y de Trabajo y Promoción del Empleo, Alejandro Salas.
La actual norma es llevada con el único fin de reforzar las medidas de vigilancia epidemiológica, para prevenir y controlar la transmisión del virus frente al alto riesgo de mortalidad para grupos poblacionales como los adultos mayores y personas con comorbilidades.