Cronograma de inscripción será en base a último dígito del DNI.
A través de un oficio, se dio a conocer que el presidente de la república, Pedro Castillo, firmará hoy a las 6:30 p.m. la autógrafa de la ley que permitirá el retiro extraordinario, de hasta 4 UIT, de los fondos privados de pensiones.
La ceremonia será en el Gran Comedor de Palacio de Gobierno, a la cual fue invitada la congresista de Podemos, Dina Calle, por encargo del jefe de Estado, debido a ser la autora original del proyecto de la “Ley que faculta el retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones en el contexto de la pandemia de la COVID-19, en el año 2022″.
En el evento, en el que se hará efectiva la firma de Castillo Terrones, también estará presente la titular del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, Betssy Chavez.
SIGUIENTES PASOS
Luego de que se promulgue la ley, entra a tallar la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Esta entidad tiene un plazo máximo de 15 días calendario para publicar el reglamento de cómo se retirarían los fondos. Puede ser a fines de mayo o los primeros días de junio. Unos días después se habilitará la plataforma donde los aportantes podrán inscribirse para retirar el monto de hasta 4 UIT.
Recordemos que en anteriores oportunidades, se hizo un cronograma para inscripción que lleva un orden correlativo según el último dígito del DNI. A partir de ese momento, puede pasar un mes hasta que se efectúe el primer desembolso.
La congresista Silvia Monteza, presidenta de la Comisión de Economía del Congreso, adelantó cómo sería efectivo el retiro de AFP. La autógrafa indica que se realizará el retiro en tres partes de la siguiente manera:
– Primer retiro de hasta 1 UIT (S/ 4,600): en un plazo máximo de 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP.
– Segundo retiro de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario.
– Tercer retiro por el restante del monto solicitado de hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario.
Entonces, una vez presentada la solicitud de retiro de forma remota, virtual o presencial, las AFP deberán realizar el desembolso dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
Por otro lado, en caso el afiliado decida dejar de retirar sus fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo a la AFP 10 días calendarios antes de que se concrete el desembolso.
AFILIADOS
Si se aprueba la ley de retiro de AFP y quieras retirar tu dinero primero deberás conocer en qué fondo estás, para poder realizar la solicitud correspondiente. Conócelo aquí:
- Entra a la web Consulta de afiliados AFP de la SBS y llena tu datos.
- Escoge la opción para buscar por DNI o nombres y apellidos. Llena los campos y dale en “buscar”.
- La aplicación de la SBS te mostrará la AFP a la que aportas y el tipo de comisión que te cobran.
FONDO ACUMULADO
Para poder hacer efectivo el retiro de dinero de los fondos de la AFP, es importante primero asegurarse de que se cuenta con los fondos suficientes. En ese sentido, las personas pueden revisar sus cuentas por las distintas páginas web.
– AFP Integra: Ingresa a www.afpintegra.pe/iniciar-sesion
– Prima AFP: Ingresa a http://www.prima.com.pe/wcm/portal/PrimaAFP/inicio y en “Mi cuenta” colocas el número de tu DNI y contraseña
– AFP Hábitat: Ingresa a www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta
– Profuturo AFP: Ingresa a https://enlinea.profuturo.com.pe/zonaprivada/login
– Calculadora de pensiones de la Asociación de AFP.