De acuerdo a lo acordado previamente, se espera que durante este año, aproximadamente en julio, se otorgue un aumento en las pensiones de los jubilados. Esta decisión quedó pendiente debido a la primera ola de la pandemia que afectó al país. Según la Comisión Técnica del Ministerio de Economía y Finanzas, ya se han concluido los cálculos necesarios para el incremento, el cual se espera que sea igual o superior a la Remuneración Mínima Vital (RMV) actual de S/1,025.
Voceros de la Comisión han informado extraoficialmente que se han considerado dos cifras de aumento para la pensión mínima de los jubilados. La primera sería de S/930, equivalente al salario básico actual, mientras que la segunda sería de S/1,025 para estar más acorde con el costo de vida. Sin embargo, la última cifra requiere de estudios técnicos adicionales que deberán ser contemplados dentro del presupuesto.
Anteriormente, la Ley N° 23908 había establecido que la pensión inicial de los jubilados equivalía a tres veces la Remuneración Mínima Vital vigente en la fecha de cada pago (artículo 1° de Ley 23908). No obstante, esta disposición no ha sido aplicada y las pensiones siguen siendo insuficientes, siendo la pensión mínima de los jubilados de solo 500 soles. Este monto es irrisorio y no se corresponde con los costos básicos de una familia, especialmente en época de pandemia.
En vista de lo anterior, el aumento en las pensiones podría ser cualquiera de las dos opciones ya mencionadas, pero se requiere la voluntad política del gobierno para hacer efectivo este derecho que les corresponde a los jubilados conforme a ley. De hecho, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú establece que «El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía nacional». Por lo tanto, corresponde al gobierno cumplir con este mandato constitucional y brindar a los jubilados las pensiones que merecen.
Se recuerda que:
En promedio a cada uno de los exaportantes al FONAVI se le debe pagar S/ 3 mil, cuando se concrete el nuevo cálculo de los aportes para su devolución, trabajo que debe realizar la nueva Comisión Ad Hoc.
Esta cifra es un aproximado tomando en cuenta que son casi 2 millones de fonavistas y que el fondo total a pagar es de 6 mil 600 millones de soles. Como se sabe la Ley 29625, única Ley de devolución de aportes del FONAVI, garantiza que el pago del dinero de los fonavistas debe ser de manera completa y con montos actualizados al Índice de Precios al Consumidor.
De esta manera, no debe haber más demoraras e iniciar con el proceso, toda vez que se instale la nueva Comisión Ad Hoc que iniciaría la devolución de aportes y para ello deberá realizar los cálculos de los montos a pagar a todos los fonavistas sin excepción. Conforme lo dicho por algunos economistas, tomando como referencia el monto de un sueldo mínimo de un ex trabajador que aportó al FONAVI, el dinero a devolver por mes de aporte alcanzaría los S/ 14 soles en promedio, cifra que al ser multiplicada por todos los años de aportación, bordearía en algunos casos un promedio de 3 mil soles.
Para una persona que haya aportado los 19 años (de 1979 a 1998) con sueldo mínimo, podrían recibir una suma de al menos 3 mil para otros será menos. Sin embargo, esto podría variar dependiendo de los años aportados y la cantidad invertida, pues existen personas que destinaban una cantidad mayor según su profesión y la empresa en la que trabajaban.