La JNJ es parte de un ‘golpe de estado blando’ contra Dina

Por: Pablo Carranza

 

¿Qué impresión usted tiene de la denuncia constitucional presentada por el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, contra la mandataria Dina Boluarte?

Es un acto constitucionalmente irresponsable de parte del fiscal de la Nación. No puede ignorar que el artículo 117 de la Constitución no permite acusar al presidente de la república durante su mandato más que por cuatro causales, tres de las cuales son infracciones de la constitución, que no son de su competencia, y una es un delito que es traición a la patria, lo que no se ha dado en este caso. Entonces, si él presenta una denuncia constitucional, lo hace a sabiendas de eso de que no puede hacerlo hasta julio del 2026.

 

¿En qué se equivoca específicamente el fiscal de la nación?

Primero, en lo procesal, en presentar una denuncia constitucional que sabe que es infructuosa hasta el 2026 y, en segundo lugar, por una construcción fantasiosa de un relato en el que se genera la sensación de que el presidente de la república es una especie de monarca absoluto que puede llamar a alguien, pedirle que le traiga un papel, y ante un regalo escribir un decreto supremo o un decreto de urgencia transfiriendo fondos del tesoro público. Nada de eso es así. El procedimiento presupuestal en el Perú está normado, existen reglas sobre el procedimiento presupuestal en el Perú, que lamentablemente el señor Villena no es que no las entienda, sino que no las conoce.

 

¿Cómo puede proceder la presidenta Dina Boluarte y su defensa legal para protegerse de esta arbitrariedad?

En la subcomisión de Acusaciones Constitucionales y yo estoy seguro que la subcomisión va a obrar con arreglo a la constitución. Es decir, la denuncia va a ir al archivo provisionalmente hasta el 29 de julio del 2026, fecha en que ya la señora no será presidente de la república, podrá ser tramitada la denuncia constitucional. Tiene que dar un archivo provisional.

 

Pero, la presidenta acudió a la Fiscalía de la Nación a responder un pliego de 50 preguntas. ¿Que nos puede decir al respecto?

Lo que tengo claro es que la señora ha decidido dar declaraciones. En mi opinión, no debería darla. Porque la manifiesta muestra de mala fe del fiscal de la nación lleva a concluir que van a usarse esas declaraciones en su contra. Y en segundo lugar, van a ser difundidas en los medios de comunicación afines a la línea ideológica que abraza el fiscal de la nación.

 

Los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez han presentado una tutela de derechos para anular las declaraciones del exasesor Jaime Villanueva, ¿qué opina de ello?

Bueno, pero si ellos no pusieron a sus abogados defensores para participar de la diligencia, lo que pueden hacer es pedir una ampliación de la de la declaración de Villanueva para que sus abogados lo contrainterroguen. No hay ninguna razón para que se dé una nulidad de ese acto de investigación. Muestra más bien una situación de una actitud de desesperación muy preocupante.

 

¿Usted cree que así como destituyeron a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides también se podría destituir a los mencionados fiscales por todos los dichos de Villanueva y por haber filtrado información sensible a algunos medios de comunicación?

Yo creo que eso sería imposible dada la composición de la Junta Nacional de Justicia. No se puede esperar nada de esa composición que ha demostrado claramente que no tiene límites en su propósito de ser parte de este golpe de estado blando que se está montando que se está montando en su tercera etapa. Hay que recordar, la primera etapa ha sido el tema de los relojes prestados a la señora Boluarte; la segunda etapa, ha sido la detención de su hermano, y ahora tiene una tercera etapa, que quiere reiniciarse con la denuncia constitucional. Entonces, la Junta Nacional de Justicia, en ese tramo, lo que hace es consolidar el control de un sector ideológico sobre el Ministerio Público con el propósito de seguir usándolo como una vaga para acabar con el sistema político nacional.

 

¿Qué lectura tiene sobre la decadencia institucional del sistema nacional de justicia nacional?

Que la propuesta de Natale Amprimo se queda corta y debería ser complementada. Si hay una disposición transitoria digamos especial en la Constitución que debería ser aprobada, es aquella que inicie el proceso de reorganización del Ministerio Público y el Poder Judicial. Por un lado, tenemos una corte que no sabe aplicar el control difuso y que la usa en un acuerdo plenario sin que haya un caso concreto, haciendo un control abstracto de una ley, lo que demuestra una carencia constitucional que justifica poner a esa gente fuera del sistema de justicia. Y, en segundo lugar, una Fiscalía que está hundida en una guerra civil con el único propósito de participar del fin de un gobierno, cosa que no es su tarea constitucional. Por lo tanto, este volumen de crisis institucional tiene que ser resuelto desde la política con una disposición transitoria especial que inicie la reorganización y la construcción de un Ministerio Público y un Poder Judicial siquiera verosímiles en el Perú.


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