Pone fin a condiciones disminuidas para deudos
La reciente publicación de la Ley 32561, en marzo de 2026, ha introducido un cambio de matriz no solo en el cálculo técnico de las pensiones de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y la Policía Nacional del Perú (PNP), sino fundamentalmente en el esquema de protección social para sus derechohabientes.
Al modificar el Decreto Legislativo 1133, la norma restituye el derecho a una pensión equivalente al 100% de la remuneración consolidada para el personal con 30 años o más de servicio, un beneficio que se extiende directamente a sus cónyuges y herederos en caso de fallecimiento.
Lee también:
Keiko Fujimori promete acelerar la economía: proyecta crecimiento de hasta 6% en 2027
Para el congresista y exjefe del Comando Conjunto de las FFAA, Jorge Montoya, el verdadero núcleo de esta reforma radica en la justicia humanitaria, pues rescata a las viudas y huérfanos de las condiciones de vulnerabilidad y desamparo financiero en las que se encontraban debido a las normativas anteriores.
El legislador Montoya fue categórico al denunciar el impacto negativo que el diseño original del DL 1133 ejercía sobre el entorno familiar del personal de las fuerzas del orden. Según explicó, el régimen previo recortaba drásticamente el sustento de los hogares cuando el titular de la pensión fallecía.
«El DL 1133 decía que las viudas recibían el 27% de la pensión del esposo fallecido. Es decir, las dejaba en condiciones disminuidas. Eso no es aceptable en ninguna parte y los huérfanos recibían la mitad de ese porcentaje», criticó Montoya.
Con el nuevo marco legal de la Ley 32561, este esquema calificado de injusto queda sin efecto. Al fijarse la pensión en el 100% de la remuneración consolidada, se garantiza que la viuda perciba el íntegro de dicho concepto pensionable, resguardando la estabilidad económica de la familia previsional




