Miembros de la JNJ están impedidos de ver suspensión de la Fiscal de la Nación

De persistir en actitud y no inhibirse, incurren en la causal de destitución

De persistir en actitud y no inhibirse, incurren en la causal de destitución

Los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) están impedidos de ver suspensión de la Fiscal de la Nación, Patricia Benavides, por lo que tendrían que apartarse del caso. De no hacerlo, serían destituidos.

El artículo 14 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia establece las causas de inhibición de los miembros de la JNJ.

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En el inciso c), se establece que deben inhibirse en el caso de los magistrados que conozcan o hayan conocido procesos de cualquier tipo contra los miembros de la JNJ o sido parte contraria de ellos en cualquier proceso.

El artículo 15 de la Ley Orgánica de la JNJ establece que el miembro de la JNJ que no se inhibe, estando impedido de conocer una causa, incurre en causal de destitución.

Investigación

Conforme se ha sabido, la Fiscal de la Nación viene investigando a Imelda Tumialán, Antonio De la Haza y María Zavala por tráfico de influencias, debido a que se les imputa haber presionado al presidente del PJ para que se haga un pronunciamiento a favor de Zoraida Ávalos.

Asimismo, ante la pretensión de la JNJ de remover a la Fiscal de la Nación, ésta interpuso una demanda de amparo, que originó una medida cautelar que impidió su procesamiento y destitución.

Los miembros de la JNJ no ignoran que ambos hechos configuran la causal prevista en el artículo 14.c de la Ley Orgánica de la JNJ, sin que se hayan inhibido de procesar a la Fiscal de la Nación. Eso significa que han incurrido en la causal de destitución prevista en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la JNJ.

Inhibición

La Fiscal de la Nación ha pedido que se declare esa inhibición, pero aunque esta se dé, ya sería tarde porque seis miembros de la JNJ se avocaron a conocer la causa, pese a estar impedidos, al suscribir la resolución de inicio del “procedimiento disciplinario inmediato”.

Mediante documento oficial, Benavides solicitó “la inhibición de los miembros del pleno de este órgano constitucional autónomo para conocer el “procedimiento disciplinario inmediato” iniciado en mi contra, así como cualquier medida cautelar o incidente derivado de éste, por estar incursos en conflicto de interés manifiesto que afecta sus deberes de objetividad e imparcialidad, según lo establecido por el artículo 14°.c  LOJNJ, porque los señores Imelda Tumialán Pinto y Antonio de la Haza poseen la condición de investigados en la Carpeta Fiscal N° 199-2023, abierta por la recurrente en mi calidad de Fiscal de la Nación”.

Asimismo, requirió “la nulidad de la Resolución N°.194-2023-PLENO-JNJ de 28 de noviembre de 2023, que me abrió procedimiento disciplinario inmediato y la Resolución N°.1302-2023-JNJ de 29 de noviembre de 2023, que me cita a concurrir a la audiencia que será llevada a cabo el 6 de diciembre de 2023, a horas 9:00, por la ausencia de quórum legal y votos suficientes para la adopción de tales decisiones”.

Recalcó que dichos miembros de la JNJ están “impedidos por mandato judicial”.


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