En caso de reincidir con la falta, la norma dispone la cancelación del servicio telefónico
Las personas que realicen llamadas malintencionadas a las centrales de emergencia, urgencia, e información, serán multadas con un monto de hasta 4UIT o 17200 soles, según lo establecido en el Decreto Supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
La norma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) indica que, en caso de reincidencia dentro del estado de emergencia, se aplicará como sanción la cancelación del servicio telefónico.
Lea también:Faenón de Toledo y Graña le costó S/1,400 millones al Estado peruano
En ese sentido, se modificó el Reglamento de Fiscalización y Sanción en la Prestación de Servicios y Actividades de Comunicaciones de Competencia del MTC, siendo publicado el pasado 26 de junio. Teniendo en cuenta las nuevas incorporaciones y modificaciones establecidas por el Decreto Legislativo Nº 1479.
Las sanciones aplicadas a los infractores serán escritas en el Registro de Comunicaciones Malintencionadas a cargo de la Dirección de Sanciones en Comunicaciones (DSANC).
Cabe mencionar que el registro es virtual y de acceso gratuito para que toda la población lo pueda visualizar, solo se tiene que entrar al portal del MTC.
Lea también:Procuraduría pedirá ampliar denuncia contra mandatario
El Ministerio de Salud (Minsa), durante los cinco meses de estado de emergencia ha reportado alrededor de dos millones de llamadas en la línea 113, para solicitar información exclusiva sobre el covid-19.
“En estos cinco meses de emergencia sanitaria, se ha atendido alrededor de 1 067 000 orientaciones, de las cuales 989 000 fueron exclusivamente sobre Covid-19”, indicó la directora general de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias (Digtel) del Minsa, Liliana Ma Cárdenas.
Además , manifestó que se reportó cerca de 416 mil casos sospechosos de covid-19, siendo atendidos por los Equipos de Respuesta Rápida y las autoridades de salud en la identificación y atención temprana de la enfermedad.