26 de junio de 2026

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Nuevo aumento para los policías y FFAA incluye a sobrevivientes Montepío

Cobro se hará de forma proporcional

 

La reciente publicación del Decreto Supremo N° 102-2026-EF ha llevado tranquilidad a miles de hogares al oficializar el reajuste permanente de pensiones para el personal en retiro de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y de la Policía Nacional del Perú (PNP). Sin embargo, una de las secciones más importantes de la norma está dirigida exclusivamente a los beneficiarios de Montepío y sobrevivientes (viudas, huérfanos y ascendientes).

Para este grupo de beneficiarios, el decreto establece pautas específicas de distribución. A continuación, te explicamos las reglas indispensables que debes conocer para el cobro proporcional de este incremento que entra en vigencia a partir de este mes de junio de 2026.

El Artículo 3 (numeral 3.2) del decreto es muy claro respecto a los límites del beneficio: el monto del reajuste para sobrevivientes no puede ser mayor al monto que le hubiera correspondido al pensionista titular.

Esto significa que el incremento asignado al grado militar o policial del titular fallecido funciona como un «techo». La suma de lo que reciban los derechohabientes nunca podrá exceder ese monto matriz determinado por la ley.

¿Qué pasa si la pensión de Montepío es compartida? El decreto supremo prevé con exactitud este escenario:

«En el supuesto de que concurran más de un beneficiario, [el reajuste] debe dividirse en forma proporcional».

Si el derecho de sobrevivencia es percibido, por ejemplo, por la viuda y un hijo con derecho a orfandad (o varios hermanos en situación legal de copartícipes), el sistema informático del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) calculará el porcentaje exacto que le corresponde a cada uno según su ley matriz. El aumento se fragmentará de manera idéntica y equitativa para que cada beneficiario reciba su parte directamente en su cuenta.

Al igual que con el personal titular en retiro, las viudas y sobrevivientes no necesitan realizar ninguna postulación, trámite administrativo, ni llamadas a las cajas de pensiones. La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF actualizará las planillas de oficio a través del sistema AIRHSP. El depósito proporcional se efectuará directamente en las cuentas bancarias donde habitualmente cobran el Montepío.

 

 

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